Articulo 1 Constitución de dos fondos para la gestión de los instrumentos financieros de los programas FEDER y FSE
Artículo 1. Creación del fondo para la gestión de los instrumentos financieros de los programas operativos FEDER para la Comunitat Valenciana.
1. Se crea un fondo para la gestión de los instrumentos financieros de los programas operativos del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) de la Comunitat Valenciana (en adelante también, el «Fondo»), destinados a la financiación del emprendimiento y la innovación, así como de las pymes en fases de crecimiento y expansión.
2. El Fondo se constituye como un fondo carente de personalidad jurídica de los previstos en el artículo 2.4 de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones, adscrito a la conselleria competente en materia de hacienda, y su actividad se regirá por el ordenamiento jurídico privado, por lo que respecta a sus relaciones con los intermediarios financieros y destinatarios finales de los instrumentos financieros, y estará sujeto a los principios de gestión y de información previstos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
- Artículo modificado por LEY 7/2023, de 26 de diciembre, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat. [2023/13136]
(DOGV de 30-12-2023) en vigor desde 01-01-2024