Articulo 1 Conservación de recursos genéticos forestales y de flora silvestre
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»Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
Vigente
1. El presente real decreto tiene por objeto establecer las normas básicas sobre conservación y uso sostenible de los recursos genéticos forestales de interés nacional y, en concreto, los instrumentos de planificación, coordinación y colaboración para su conservación in situ y ex situ. Establece también medidas para la conservación ex situ del material genético de las especies de flora silvestre protegida.
2. Las medidas del presente real decreto serán de aplicación a los taxones que figuran en el anexo I, así como a los taxones considerados dentro de los mismos que puedan en su día describirse como especies diferenciadas.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 10-03-2022 en vigor desde 30-03-2022