Articulo 1 Consejo Económico y Social de C. León
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»Artículo 1. Creación, denominación y sede.
Vigente
Se crea el Consejo Económico y Social de Castilla y León con sede en Valladolid.
Su naturaleza, funciones, composición y estructura serán las determinadas en la presente Ley.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 14-12-1990 en vigor desde 15-12-1990