Articulo 1 Consejo Consul...-Derogada-

Articulo 1 Consejo Consultivo de Galicia -Derogada-

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 1. Naturaleza y sede.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. Se crea el Consejo Consultivo de Galicia, como órgano superior consultivo de la Xunta de Galicia.

2. Su sede radicará en la ciudad de Santiago de Compostela, sede de las instituciones autonómicas.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 29-11-1995 en vigor desde 30-11-1995