Articulo 1 Caza de La Rioja -Derogada-
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»Artículo 1. Objeto.
Vigente
La presente Ley tiene por objeto regular el ejercicio de la caza en la Comunidad Autónoma de La Rioja con la finalidad de proteger, conservar, fomentar y aprovechar ordenadamente sus recursos cinegéticos en armonía con los diversos intereses afectados.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 04-07-1998 en vigor desde 10-07-1998