Articulo 1 Carta Municipal de Barcelona
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Artículo 1.

Vigente

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1. La ciudad de Barcelona es la capital de Cataluña.

2. La ciudad de Barcelona goza de un régimen especial, garantizado por el artículo 89 del Estatuto de autonomía de Cataluña e integrado por la presente Carta, por la legislación que regula el régimen especial del municipio de Barcelona y por las disposiciones emanadas del Ayuntamiento de Barcelona en ejercicio de su potestad normativa.

3. El término municipal de la ciudad de Barcelona es el actual en el momento de entrar en vigor la presente Carta. A iniciativa del Ayuntamiento de Barcelona, corresponde al Parlamento de Cataluña, mediante Ley, la alteración de dicho término municipal.

Modificaciones