Articulo 1 Canon sobre el vertido y la incineración de residuos y Fondo de Prevención y Gestión de Residuos
Artículo 1. Objeto
1. El objeto de este decreto es desarrollar los artículos 40 a 54 de la Ley 3/2020, de 29 de diciembre, de presupuestos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2021, por los cuales se regula el canon sobre el vertido y la incineración de residuos de las Illes Balears.
2. También es objeto de este decreto establecer los criterios de gestión, organización y distribución del Fondo de Prevención y Gestión de Residuos a que hace referencia el artículo 33 de la Ley 8/2019, de 19 de febrero, de residuos y suelos contaminados de las Illes Balears.
3. Asimismo, mediante la disposición final primera se modifica el Decreto 14/2019, de 15 de marzo, de notificación y comunicación electrónicas en el ámbito de la Agencia Tributaria de las Illes Balears.
- Modificación realizada (1 (apdo. 1)) por Corrección de la errata advertida en la publicación del edicto 4203 (BOIB 67 de fecha 24-05-2022) referido al Decreto 16/2022, de 23 de mayo, por el que se desarrolla el canon sobre el vertido y la incineración de residuos de las Illes Balears, se regula el Fondo de Prevención y Gestión de Residuos y se modifica el Decreto 14/2019, de 15 de marzo, de notificación y comunicación electrónicas en el ámbito de la Agencia Tributaria de las Illes Balears'
(BOIB de 28-05-2022) en vigor desde 01-07-2022 - Texto Original. Publicado el 24-05-2022 en vigor desde 01-07-2022