Articulo 1 Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Andalucía
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 1. Objeto.
Vigente
La presente ley tiene por objeto la regulación de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y, en su caso, Navegación de Andalucía (en adelante, Cámaras de Andalucía), así como del Consejo Andaluz de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación (en adelante, Consejo Andaluz de Cámaras), dentro del marco fijado por la Ley 4/2014, de 1 de abril, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación.