Articulo 1 biodiversidad y patrimonio natural
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
1. La presente ley tiene por objeto establecer el régimen jurídico de la conservación, protección, investigación, conocimiento, difusión, uso sostenible, mejora y restauración del patrimonio natural, de la biodiversidad y de la geodiversidad, aplicable en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de La Rioja, como parte del deber de conservar y del derecho a disfrutar de un medioambiente adecuado para el desarrollo de la persona, establecido en el artículo 45.2 de la Constitución española.
2. Corresponde a la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja el ejercicio de las funciones que esta ley atribuye a la Administración respecto a espacios naturales, especies silvestres, hábitats, elementos geológicos y áreas críticas ubicados en la Comunidad Autónoma de La Rioja.
- Texto Original. Publicado el 08-02-2023 en vigor desde 28-02-2023