Articulo 1 Autorización y...peligrosos

Articulo 1 Autorización y registro para la actividad de gestión para las operaciones de valorización o eliminación de residuos no peligrosos

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Artículo 1. Objeto.

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1. Es objeto del presente Decreto el establecimiento del régimen de autorización administrativa y registro de las actividades de valorización y eliminación de residuos no peligrosos, así como la creación del Registro para las actividades de gestión de residuos no peligrosos distintas de la valorización o eliminación, y la creación del Registro para el transporte de residuos peligrosos.

2. En la Comunidad Autónoma de Aragón el órgano competente en materia medioambiental es el Departamento de Medio Ambiente, correspondiendo a la Dirección General de Calidad, Evaluación, Planificación y Educación Ambiental de este Departamento conceder las autorizaciones, y llevar los Registros a los que se refiere este Decreto.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 17-03-2000 en vigor desde 18-03-2000