Articulo 1 Actividad física y deporte de I. Balears
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación
Vigente
El objeto de esta ley es establecer el marco jurídico regulador de la actividad física y el deporte, además de su fomento y promoción, en el ámbito territorial de la comunidad autónoma de las Illes Balears.
Al mismo tiempo, quiere promover los mecanismos necesarios para implantar y extender la cultura de la educación física, así como velar por la calidad de esta práctica deportiva, y que se realice en condiciones de salud y seguridad de las personas que intervienen.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 11-02-2023 en vigor desde 03-03-2023