Anexo único Protección de los animales domésticos
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»ANEXO. ESPECIES DE ANIMALES DE COMPAÑÍA
Vigente
PARTE A
Perros (Canis lupus familiaris).
Gatos (Felis silvestris catus).
Hurones (Mustela putorius furo).
PARTE B
Invertebrados (excepto las abejas, los moluscos pertenecientes al filum Mollusca y los crustáceos pertenecientes al subfilum Crustacea).
Animales acuáticos ornamentales.
Anfibios.
Reptiles.
Aves: especímenes de especies aviares distintos de las gallinas, pavos, pintadas, patos, gansos, codornices, palomas, faisanes, perdices y estrucioniformes (Ratitae).
Mamíferos: roedores y conejos distintos de los destinados a la producción de alimentos, así como équidos diferentes de aquellos destinados a producción y renta en lo no previsto en su normativa sectorial de aplicación.