Anexo único Instrucción que regula la rendición telemática de la Cuenta General ...mato de dicha Cuenta
Anexo único Instrucción q...cha Cuenta

Anexo único Instrucción que regula la rendición telemática de la Cuenta General de las Entidades Locales y el formato de dicha Cuenta

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

ANEXO. INSTRUCCIÓN POR LA QUE SE REGULA LA RENDICIÓN TELEMÁTICA DE LA CUENTA GENERAL DE LAS ENTIDADES LOCALES Y EL FORMATO DE DICHA CUENTA

Vigente

Tiempo de lectura: 5 min

Tiempo de lectura: 5 min


Desde el año 2007 se encuentra en funcionamiento la Plataforma de Rendición de Cuentas de las Entidades Locales (PTRCEL) (www.rendiciondecuentas.es), una aplicación web para la recepción, gestión y explotación de las cuentas rendidas telemáticamente y en formato electrónico por las entidades locales.

El Pleno de la Audiencia de Cuentas de Canarias aprobó, en sesión celebrada el 3 de septiembre de 2010, el formato de la Cuenta General de las Entidades Locales en soporte informático y el procedimiento telemático para la rendición de cuentas.

La experiencia adquirida desde la adopción de dicho acuerdo y la plena implantación de sistemas telemáticos fueron permitiendo la simplificación del formato de la rendición de la Cuenta General, eliminando aquellos documentos considerados innecesarios por ser reiteración de información ya conocida y garantizada por la firma electrónica. Asimismo, se consideraba oportuno avanzar en el envío, dentro de la documentación que debe acompañar a la Cuenta General, de la información estructurada conforme al formato "xml", en lugar del formato "pdf", concretamente en lo relativo a las cuentas anuales de las entidades sin fin de lucro incluidas en el ámbito de la Cuenta General de una Entidad Local.

Por otra parte, la entrada en vigor del Real Decreto 424/2017, de 28 de abril, por el que se regula el régimen jurídico del control interno en las entidades del Sector Público Local, introdujo, como novedad, la obligación de que el órgano interventor de la Entidad Local realice anualmente la auditoría de las cuentas anuales de las entidades contempladas en su artículo 29.3.A), para las cuentas que se cierren a partir de enero de 2019, por lo que era necesario incluir, entre la documentación que debe acompañar a la Cuenta General a rendir anualmente, la relativa a los informes de auditoría de cuentas anuales que hubieran sido aprobados antes de efectuar dicha rendición.

En base a lo expuesto, el Pleno de la Audiencia de Cuentas, en su sesión de fecha 18 de febrero de 2020, aprobó la Instrucción que regula la rendición telemática de la Cuenta General de las Entidades Locales y el formato de dicha Cuenta (BOC n.º 44, de 4 de marzo), la cual fue modificada mediante Resolución de la Presidencia de 4 de marzo de 2020 (BOC n.º 48, de 10 de marzo).

El artículo 209.4 del texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales establece la obligación a las entidades locales de formular cuentas consolidadas conforme a las normas de consolidación para las entidades locales aprobadas por el Ministro de Hacienda y Función Pública. En virtud de tales normas, aprobadas mediante Orden HAC/836/2021, de 9 de julio, los municipios con población superior a 50.000 habitantes y entidades locales de ámbito superior están obligadas a formular cuentas anuales consolidadas de los ejercicios que se inicien a partir del 1 de enero de 2022, debiendo hacerlo también las demás entidades locales, a partir del 1 de enero de 2024.

En el procedimiento de formación y rendición de la cuenta general, las cuentas anuales consolidadas forman parte de la documentación complementaria que acompaña a la cuenta general. De acuerdo con la Instrucción aprobada por el Pleno de la Audiencia de Cuentas de Canarias en sesión de 18 de febrero de 2020, que regula la rendición telemática de la Cuenta General de las Entidades Locales y el formato de dicha Cuenta, las entidades locales deben rendir la cuenta general de acuerdo con el modelo recomendado en la Resolución de la IGAE de 13 de noviembre de 2015. En dicho modelo se recomendaba el formato "xml" para las cuentas anuales y el formato "pdf" para la documentación complementaria, en la que se incluyen los estados integrados y consolidados de las cuentas que hubiera determinado el Pleno de la Corporación.

Con la entrada en vigor de las normas de consolidación para las entidades locales, la IGAE ha aprobado, el 22 de diciembre de 2022, una nueva Resolución en la que se dispone que las Cuentas Anuales Consolidadas del sector público local, que se configura como documentación complementaria que debe acompañar a la Cuenta General de la entidad local, se presentarán en fichero con formato "xml", en vez de con formato "pdf", como se recomendaba en la Resolución de 13 de noviembre de 2015, recomendando a las instituciones de control externo un nuevo formato "xml" normalizado de las Cuentas Anuales Consolidadas del sector público local, que favorezca la homogeneización en la rendición de cuentas por parte de las entidades locales y facilite el establecimiento de procedimientos de envío de las citadas cuentas por medios electrónicos, informáticos y telemáticos.

Considerando que el nuevo formato recomendado por la IGAE para la presentación de las cuentas anuales consolidadas es el más adecuado para la rendición de cuentas en soporte informático, procede modificar la Instrucción de rendición de cuentas del año 2020 a fin de recoger la recomendación de la IGAE antes aludida.

Por otra parte, al objeto de evitar la dispersión normativa y de garantizar una mayor seguridad jurídica en el manejo y aplicación de esta norma por parte de las entidades locales, se considera conveniente aprobar una nueva Instrucción en la que, manteniendo sustancialmente el contenido de la del año 2020, se recoja tal recomendación.

Por todo cuanto antecede, el Pleno de la Audiencia de Cuentas de Canarias acuerda aprobar, por unanimidad, la presente Instrucción en los siguientes términos: