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Anexo único Expedición y presentación de facturas por medios electrónicos

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ANEXO. Formato de la factura electrónica

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1. El formato de factura electrónica que establece la presente orden es el formato «Facturae».

2. El formato se encuentra descrito mediante un esquema XSD, XML Schema Definition, cuyos elementos principales son los que se muestran a continuación.

3. Obsérvese que lo aquí publicado, son sólo los elementos principales del formato «Facturae» y en ningún caso el formato completo.

4. Está realizado así para facilitar una mejor comprensión. Por ello, en muchos elementos aparece un símbolo «+». Esto significa que el elemento no se haya descrito completamente en este anexo. Encontrará la descripción íntegra en el esquema completo.

5. El citado esquema completo se encuentra disponible, de manera íntegra y actualizado, en la página Web www.facturae.es bajo el enlace «Esquema Formato Facturae». Al citado sitio Web es necesario acudir para la descarga real del esquema y poder adaptarlo posteriormente a una aplicación concreta.

6. El elemento «Extensions», permite incorporar nuevas definiciones estructuradas cuando sean de interés conjunto para emisores y receptores, y no estén ya definidas en el esquema de la factura.

7. El elemento «Signature», es el conjunto de datos asociados a la factura que garantizarán la autoría y la integridad del mensaje. Aunque se define como opcional para facilitar la verificación y el tránsito del fichero, debe cumplimentarse este elemento para que se considere una factura electrónica válida legalmente frente a terceros. El documento de política de firma, que debe seguir el formato «Facturae», para su uso con alguna Administración Pública del ámbito de la presente orden, se encuentra igualmente disponible en la página Web www.facturae.es bajo el enlace «Política de Firma Formato Facturae». En tal documento se recoge el formato que debe seguir este elemento. Esta política de firma se adaptará a la que establezca la Administración General del Estado.

8. Corresponde a la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información y a la Secretaría de Estado de Hacienda y Presupuestos publicar y mantener actualizado el formato y garantizar la accesibilidad, integridad y no alteración del formato incluido en la página web (www.facturae.es).

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