Anexo único -Banco de Esp...os minimos

Anexo único -Banco de España-, a entidades de credito, sobre determinacion y control de los recursos propios minimos

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ANEXO

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NOTAS:

1) Se corrigen los errores de estas tablas por Corrección de errores y erratas en la Circular 3/2008, de 22 de mayo, del Banco de España, a entidades de crédito, sobre determinación y control de los recursos propios mínimos, en relación al estado RP10, epígrafe 2.1.1.1a.14, y donde dice: «Exposiciones en forma de instituciones de inversión colectiva (IIC)», debe decir: «Exposiciones frente a instituciones de inversión colectiva (IIC)» y en la columna 20, la correcta expresión de la fórmula es: «[20=15-16-0,8x17-0,5x18]

2) Se modifican los estados RP10, RP42, RP43 y RP60, de la siguiente manera:

«En el estado RP 10 Recursos propios computables y cumplimiento de los requerimientos de los recursos propios, se incluirá un nuevo bloque de líneas, bajo la rúbrica Pro memoria, donde se recogerán: los activos fiscales diferidos, separados según procedan de pérdidas compensables, de diferencias temporales o de otras causas; los pasivos fiscales diferidos que compensen activos fiscales procedentes de diferencias temporales de igual jurisdicción; las participaciones en entidades aseguradoras, separadas según sean en empresas filiales, multigrupo, asociadas o simplemente participadas; las participaciones en entidades financieras distintas de las aseguradoras, separadas según que la participación exceda o no el 10% del capital o derechos de voto de la participada. Para todas estas participaciones se indicarán, además, las coberturas financieras que correspondan.

En el Estado RP 42 Información sobre pérdidas operacionales brutas por líneas de negocio y tipo de evento, se incluirá un nuevo bloque de líneas con el nombre 'Elementos corporativos (EC)', con el mismo detalle que tienen el resto de líneas de negocio, a incluir antes de la línea correspondiente a 'Total'.

En el Estado RP 43 Información sobre las mayores pérdidas operacionales, se incluirá una nueva columna con el nombre 'EC' al final del bloque 'Distribución de la pérdida bruta por líneas de negocio (%)'.

En el Estado RP60 Límites a los grandes riesgos, que pasa denominarse 'Grandes riesgos', se incluye un tercer bloque de filas con el nombre de 'Resto de mayores riesgos', siendo su totalizador el '9004'.»

3) La Circular 4/2011 y su corrección de errores (normas publicadas el 9 y el 14 de diciembre de 2011, respectivamente) modifican el anexo de la presente circular en los siguientes puntos:

- El anejo I de la Circular 3/2008 pasa a denominarse «Estados reservados de información sobre el cumplimiento de los recursos propios mínimos, los grandes riesgos y el riesgo de tipo de interés» y los modelos de los estados RP10, RP24, RP25, RP26, RP27, RP31, RP32, RP33 y RP35 que figuran en él se sustituyen por los que se incluyen en el anejo de la Circular 4/2011, de 30 de noviembre.

- Se añade un nuevo anejo II, con el título «Estados reservados de información sobre liquidez» que comprenderá los estados LQ que se incluyen en el anejo de la Circular 4/2011, de 30 de noviembre.

- Se añade un nuevo anejo III, con el título «Estados reservados de información sobre remuneraciones» que comprenderá los estados RM que se incluyen en el anejo de la Circular 4/2011, de 30 de noviembre.

- Se añade un nuevo anejo IV, con el título «Detalle de las retribuciones individuales y nominativas devengadas por cada uno de los miembros del consejo de administración y del comité de dirección» que comprenderá el modelo que, con igual denominación, se incluye en el anejo de la Circular 4/2011, de 30 de noviembre.