Anexo �nico de Régimen Jurídico y Económico de los Puertos
ANEXO I. CLASIFICACIÓN DE MERCANCÍAS
A los efectos del sistema de determinación de cuotas de la tasa a las mercancías, T3, establecido en el artículo 54.VI.1 de esta Ley, se establecen los siguientes grupos de clasificación:
CÓDIGOS | GRUPO | DESCRIPCIÓN |
Del 01 -- al 05 -- | Quinto | Animales vivos y productos de origen animal |
Del 06 -- al 12 -- | Tercero | Plantas en general, verduras, hortalizas, frutas, frutos, cereales y semillas |
Del 13 -- al 15 -- a granel | Cuarto | Materias y Productos vegetales no incluidos en otras partidas |
Del 13 -- al 15 -- envasado | Quinto | Materias y Productos vegetales no incluidos en otras partidas |
Del 16 -- al 21 -- | Quinto | Preparaciones y conservas de carne, pescado, crustáceos, moluscos y cereales |
2201ª | Tercero | Agua envasada |
2201 B y C | Primero | Agua a granel |
Del 2202 al 22 -- a granel | Cuarto | Bebidas incluido alcohol etílico y vinagre |
Del 2202 al 22 -- envasado | Quinto | Bebidas incluido alcohol etílico y vinagre |
23 -- | Tercero | Salvados y Residuos de cereales y similares |
24 -- | Quinto | Cigarros y tabacos |
Del 2501 al 2502 | Primero | Sal y cloruro de sodio puro y Piritas de hierro sin tostar |
Del 2503 al 2504 | Segundo | Azufre y Grafito natural |
Del 2505 al 2510 | Primero | Arenas, Cuarzo, Caolín, Arcillas, Atapulguita, Bentonita y Creta |
Del 2511 al 2515 | Segundo | Mármol, Piedras Calizas, Pizarra, Baritina |
Del 2516 al 2518 | Primero | Granitos, Piedras, Cantos, Grava para la construcción |
2519 | Cuarto | Compuestos químicos de Magnesio |
Del 2520 al 2522 | Primero | Yeso natural o calcinado, Piedras para fabricar cal o cemento, Cal |
2523A | Segundo | Cementos hidráulicos envasados |
2523B | Primero | Cementos hidráulicos a granel |
Del 2524 al 2530 | Tercero | Amianto, Mica, Esteatita, Boratos, Feldespato |
2601 | Primero | Mineral de Hierro |
Del 2602 al 2617 | Tercero | Minerales varios |
Del 2618 al 2710A | Primero | Escorias y cenizas. Aceites y Fuel |
2710B | Tercero | Keroseno, gasolina y petróleo refinado |
2710C y D | Quinto | Lubricantes y Aceites minerales REPEX |
2710E y F | Segundo | Naftas y Gasóleo |
2711A | Cuarto | Gases del Petróleo |
2711B | Segundo | Gas Natural |
2711C | Tercero | Butano y Propano |
2712 | Quinto | Vaselina, parafina y ceras |
Del 2713 al 2715 | Primero | Coques de petróleos, Betunes y asfaltos naturales |
28 -- | Cuarto | Flúor, cloro, Carbono, Hidrógeno y Compuestos químicos incluidos en este código |
Del 29 -- al 30 -- | Quinto | Compuestos orgánicos y medicamentos |
31 -- | Segundo | Abonos origen animal o vegetal |
Del 32 -- al 43 -- | Quinto | Productos varios incluidos en estos códigos |
4401A | Primero | Leña, aserrín y desechos madera |
4401B, 4402A, 4403B y C | Segundo | Madera y Carbón vegetal envasado |
4402B | Primero | Carbón vegetal a granel |
4403A y del 4404 al 4410 | Cuarto | Madera aserrada y Tableros |
Del 4411 al 6808 | Quinto | Productos varios incluidos en estos códigos |
Del 6809 al 6903 | Tercero | Manufacturas de yeso, cemento, piedras, ladrillos |
6904 | Primero | Ladrillos construcción, bovedillas, cubrevigas y artículos similares de cerámica |
Del 6905 al 6908 | Segundo | Tejas, canalones, tuberías y placas cerámicas |
Del 6909 al 6914 | Quinto | Demás manufacturas de cerámica |
7001 | Primero | Desperdicios y desechos de vidrio, vidrio en masa |
Del 7002 al 71 -- | Quinto | Productos varios incluidos en estos códigos |
7201 | Segundo | Fundición en bruto y especular |
7202 | Quinto | Ferroaleaciones |
7203 | Segundo | Productos férreos obtenidos por reducción directa de minerales de hierro |
7204 | Primero | Desperdicios y desechos de fundición o lingotes de chatarra de hierro |
Del 7205 al 7303 | Tercero | Productos de hierro incluidos en estos códigos |
Del 7304 al 9990 | Quinto | Productos varios incluidos en estos códigos |
- Modificación realizada (Anexo (se renumera como anexo I)) por Ley 1/2022, de 27 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2023.
(BOJA de 30-12-2022) en vigor desde 01-01-2023 - Artículo modificado por Decreto-Ley 14/2014, de 18 de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes en materia de tasas portuarias y se modifica la Ley 21/2007, de 18 de diciembre, de Régimen Jurídico y Económico de los Puertos de Andalucía.
(BOJA de 26-11-2014) en vigor desde 01-01-2015