Anexo �nico Modificació...cenamiento

Anexo �nico Modificación de la Directiva 2009/119/CE en lo que se refiere a los métodos de cálculo de las obligaciones de almacenamiento

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ANEXO

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«ANEXO I

MÉTODO DE CÁLCULO DEL EQUIVALENTE DE PETRÓLEO CRUDO DE LAS IMPORTACIONES DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS

Los Estados miembros calcularán el equivalente de petróleo crudo de las importaciones de productos petrolíferos contemplado en el artículo 3 por el método siguiente:

1) La suma de las importaciones netas de petróleo crudo, líquidos de gas natural (LGN), materias primas para refinerías y otros hidrocarburos, tal como están definidos en el anexo A, capítulo 3.4, del Reglamento (CE) n.º 1099/2008 (*1), se calculará y ajustará para tomar en consideración las posibles variaciones de existencias. De la cifra resultante se deducirá una de las siguientes cifras en concepto de rendimiento de la nafta:

- 4 %;

- el rendimiento medio de la nafta;

- el consumo efectivo neto de la nafta.

2) La suma de las importaciones netas de todos los demás productos petrolíferos, tal como están definidos en el anexo A, capítulo 3.4, del Reglamento (CE) n.º 1099/2008, a excepción de la nafta, se calculará y ajustará para tomar en consideración las posibles variaciones de existencias y se multiplicará por un factor de 1,065.

La suma de las cifras resultantes de los puntos 1) y 2) representa el equivalente de petróleo crudo.

No se incluirán en el cálculo los búnkers de barcos internacionales.»