Anexo �nico del Estadís... I Balears

Anexo �nico del Estadística de I. Balears

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ANEXO. Denominación del fichero: Registro de población de las Illes Balears.

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a) Descripción: este fichero contiene los datos personales de nombre, apellidos, domicilio, sexo y fecha de nacimiento, agregados territorialmente por islas, que constan en los padrones municipales de habitantes y en el censo electoral, obtenidos de los ficheros del Instituto Nacional de Estadística. Igualmente se considerarán, si procede, los datos correspondientes a dispositivos electrónicos o a la dirección electrónica.

b) Finalidad y usos previstos: comunicación de los órganos de la Administración del Gobierno de las Illes Balears, de los consejos insulares y de otras administraciones públicas, con los titulares de los datos con residencia en las Illes Balears, en el marco de las relaciones jurídico-públicas derivadas del ejercicio de sus competencias, para aquellos asuntos en los que la residencia o el domicilio sean datos relevantes, de conformidad con el apartado 2 de la disposición adicional segunda de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.

c) Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos: residentes inscritos en los padrones municipales de habitantes de todos los ayuntamientos de las Illes Balears y del censo electoral.

d) Procedencia de los datos: Instituto Nacional de Estadística.

e) Procedimiento de recogida de datos: transferencia de datos a través de ficheros mediante la entrega periódica de copias actualizadas que el Instituto Nacional de Estadística hará al Instituto de Estadística de las Illes Balears.

f) Estructura básica del fichero y tipo de datos: datos actualizados, como mínimo, a 1 de enero de cada año de los vecinos y vecinas inscritos en los padrones municipales de habitantes y en el censo electoral con la siguiente información: apellidos, nombre, domicilio, sexo y fecha de nacimiento.

g) Cesión de datos y previsión de transferencias de datos a terceros países: se ceden a los órganos de la Administración del Gobierno de las Illes Balears, de los consejos insulares y de otras administraciones públicas de las Illes Balears que lo soliciten, cuando les sean necesarios para ejercer sus competencias y exclusivamente para asuntos en los que la residencia o el domicilio sean datos relevantes, de acuerdo con lo que se pueda establecer en normas de rango de ley; no se prevén transferencias internacionales.

h) Órgano administrativo responsable: Instituto de Estadística de las Illes Balears.

i) Los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición en relación con los datos que consten en el Registro: pueden ejercerse ante el responsable del fichero, que es el IBESTAT.

j) Medidas de seguridad y nivel exigible: las de nivel básico.

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