Anexo �nico de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de La Rioja
ANEXO. Catálogo de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos e Instalaciones
I. Espectáculos públicos.
- Cine.
- Teatro.
- Conciertos y festivales.
- Espectáculos taurinos.
- Circo.
- Espectáculos al aire libre y ambulantes.
- Competiciones deportivas en sus diversas modalidades.
- Baile y danza.
- Representaciones o exhibiciones artísticas culturales o folclóricas.
- Desfiles en vía pública.
- Espectáculos cómicos.
- Espectáculos de variedades.
- Espectáculos varios capaces de congregar a un público para presenciar una representación, exhibición, actividad o proyección que le es ofrecida por los organizadores o por artistas, deportistas o ejecutantes que intervengan por cuenta de aquéllos.
II. Actividades Recreativas.
- Baile.
- Verbenas y similares.
- Juegos recreativos y de azar.
- Hostelería en sus diferentes categorías.
- Atracciones de feria.
- Exhibiciones de animales vivos.
- Conferencias y congresos.
- Exposiciones artísticas o culturales.
- Práctica de deportes en sus diversas modalidades con fines recreativos.
- Actividades recreativas varias capaces de congregar a un público en que una persona física o jurídica o entidad ofrece el uso de sus establecimientos y servicios o la participación en actos organizados por ella con fines de esparcimiento o diversión.
III. Establecimientos e instalaciones.
1. De espectáculos públicos:
- Establecimientos destinados a competiciones deportivas en cualquiera de sus modalidades.
- Salas de conciertos.
- Plazas de toros permanentes.
- Circos permanentes.
- Salas de baile y fiestas, con o sin espectáculo.
- Discotecas.
- Salas de fiestas de juventud.
- Otros establecimientos o instalaciones asimilables a los mencionados.
2. De hostelería y restauración:
- Tabernas y bodegas.
- Cafeterías, bares, cafés y degustaciones.
- Restaurantes, asadores, autoservicios, casa de comidas.
- Chocolaterías, churrerías, heladerías.
- Bares especiales, clubes, bares americanos, pubes, disco-bares, karaokes.
- Cafés-teatro.
- Sociedades gastronómicas.
- Otros establecimientos e instalaciones asimilables a los mencionados.
3. De uso deportivo-recreativo:
- Recintos destinados a la práctica deportiva o recreativa de uso público, en cualquiera de sus modalidades (piscinas, polideportivos, etc.).
- Gimnasios.
- Boleras.
- Otros establecimientos o instalaciones asimilables a los mencionados.
4. Culturales:
- Salas de exposiciones y conferencias.
- Museos y bibliotecas.
- Palacios de congresos.
- Cines.
- Teatros.
- Auditorios.
- Otros establecimientos o instalaciones asimilables a los mencionados.
5. De juegos recreativos y de azar:
- Casinos.
- Bingos.
- Salones de juego.
- Salones recreativos.
- Otros establecimientos o instalaciones asimilables a los mencionados.
6. Recintos abiertos o semi-abiertos:
- Circuitos en vías públicas o espacios abiertos destinados a competiciones deportivas o prácticas deportivas de uso público.
- Recintos feriales.
- Parques de atracciones.
- Parques zoológicos.
- Otros establecimientos o instalaciones asimilables a los mencionados.
7. Instalaciones desmontables:
- Circos.
- Plazas de toros.
- Casetas de feria.
- Otras instalaciones desmontables asimilables a las mencionadas.
8. Otros establecimientos e instalaciones:
- Otros que por su naturaleza alberguen espectáculos públicos o actividades recreativas que no sean susceptibles de ser incluidos en los apartados anteriores.
- Texto Original. Publicado el 18-11-2000 en vigor desde 18-02-2001