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Anexo �nico que Disposiciones para la aplicación de la normativa de la UE relativa a la alimentación de animales de granja con determinados piensos de origen animal

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ANEXO. Requisitos que deben cumplir los establecimientos de limpieza

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Los establecimientos de limpieza de los vehículos y contenedores utilizados para el transporte de los productos objeto de este real decreto deberán cumplir con los siguientes requisitos:

Parte A

Equipos e instalaciones

La superficie donde se realizan las tareas de limpieza y, en su caso, desinfección, será de material impermeable y lavable, así como las zonas de acceso y salida del vehículo objeto de limpieza y, en su caso, desinfección.

La instalación deberá disponer de:

a) Accesos distintos para la entrada y salida de los vehículos al centro.

b) Área cubierta para realizar las operaciones de limpieza y, en su caso, desinfección de los vehículos, procurándose un flujo de materiales y personal en línea continua y evitando que se pueda producir una nueva contaminación cruzada.

c) Instrucciones claras y visibles del procedimiento de limpieza y en su caso desinfección, a disposición de los operarios.

d) Utillaje necesario para realizar las operaciones de limpieza a lo largo de todo el proceso.

e) Área de almacenamiento de los residuos orgánicos sólidos generados durante la limpieza de los vehículos, así como el sistema para la gestión de residuos sólidos, líquidos y aguas residuales.

f) Identificación de los posibles centros de gestión de residuos que puedan estar implicados en el proceso.

g) Agua corriente, caliente o fría, en función de los requerimientos de uso establecidos para los productos empleados.

h) Manguera o equipo a presión controlada suficiente para el arrastre de sustancias sólidas y efluentes derivados de ellas.

i) Si se realizara tratamiento de desinfección con biocidas, deberá disponer de material para la aplicación adecuada del biocida sobre el vehículo, conforme a lo establecido en la ficha de especificaciones del producto empleado.

j) Plataforma con desnivel suficiente para permitir la recogida de los líquidos procedentes de la limpieza y desinfección de los vehículos.

k) Sistema de recogida de efluentes generados en las operaciones de limpieza y desinfección que imposibilite su difusión y garantice su adecuada eliminación.

l) Espacio reservado para el material, herramientas, maquinaria, almacenamiento de productos químicos, etc.

m) Instalación para la realización de las funciones administrativas del centro.

Parte B

Proceso de limpieza

El proceso de limpieza del vehículo se desarrollará en los siguientes pasos:

a) Limpieza en seco del vehículo, cuando se considere necesario por el contenido de materia orgánica del interior, con el fin de eliminar toda la materia sólida mediante barrido y raspado, comenzando por el punto más alto del vehículo y acabando por el más bajo. Los restos obtenidos se depositarán en una zona específica, cubierta, para su caracterización como residuos y su eliminación por medio de un gestor autorizado por la autoridad competente de las comunidades autónomas o de las ciudades de Ceuta y Melilla, con ese fin.

b) Limpieza de todo el vehículo, con agua. Además, se aplicará detergente en la parte del vehículo en contacto con los subproductos, productos derivados o piensos compuestos que los hayan contenido, siguiendo las instrucciones recogidas en su ficha técnica. El detergente será adecuado para superficies en contacto con alimentos, y se utilizará en cantidad y presión adecuadas para que arrastre los restos de producto y fluidos restantes, procedentes de la carga previa. En el caso de que el vehículo dispusiera de elementos móviles, deberán ser desmontados para proceder a su limpieza.

c) El agua será recogida en la instalación preparada con este fin para su eliminación o tratamiento compatible, especificado.

En caso de que se realice el proceso de desinfección del vehículo se realizará mediante la aplicación de desinfectante conforme a lo que establezcan las instrucciones del producto utilizado con este fin.

Parte C

Documento que acredite el proceso de limpieza al que el vehículo de transporte ha sido sometido

Una vez concluidas las operaciones de limpieza de los vehículos, el establecimiento de limpieza emitirá un documento en el que se incluyan los siguientes datos:

a) Número individual del documento acreditativo de limpieza.

b) Identificación del establecimiento:

i. Localización del centro de limpieza: dirección completa.

ii. Número de registro de inscripción del centro de desinfección y limpieza o del establecimiento del que forme parte.

c) Datos del vehículo: matrícula (incluida, en su caso, la del remolque).

d) Datos del transportista:

i. Nombre y apellidos.

ii. NIF, NIE o número de pasaporte.

e) Fecha y hora de inicio y fin de las tareas de limpieza y, en su caso, desinfección.

f) Nombre del detergente y, en su caso, del desinfectante utilizado.

g) Firma manuscrita o electrónica de la persona responsable del centro o de quien haya realizado las operaciones de limpieza.

h) Sello del centro u otro método de acreditación de la autenticidad del documento equivalente.