Anexo �nico Aprovechami...ón privada

Anexo �nico Aprovechamientos en montes o terrenos forestales de gestión privada

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ANEXO VII-B

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Cartografía de los límites de las superficies de pastoreo

La capa con los límites de las superficies de pastoreo a inscribir en el Registro Público de Terrenos Forestales de Pastoreo se presentará en formato shape georreferenciado.

Se obtendrá mediante intersección de la cartografía catastral con el límite de los terrenos forestales a inscribir según el tipo de inscripción a realizar.

La tabla de atributos de la capa tendrá la siguiente estructura:

Campo

Tipo

Tamaño

Precisión

Descripción

IdRPTFP

texto

18

0

Código de inscripción en el registro. Dejar en blanco

DataAlta

fecha

Fecha de alta en el registro. Dejar en blanco

DataBaja

fecha

Fecha de baja en el registro. Dejar en blanco

PropNome

texto

255

0

Persona propietaria de los terrenos: nombre o razón social

PropApel1

texto

255

0

Persona propietaria de los terrenos: primer apellido

PropApel2

texto

255

0

Persona propietaria de los terrenos: segundo apellido

PropNIF

texto

9

0

Persona propietaria de los terrenos: NIF

TituNome

texto

255

0

Persona titular del aprovechamiento de pastoreo: nombre o razón social

TituApel1

texto

255

0

Persona titular del aprovechamiento de pastoreo: primer apellido

TituApel2

texto

255

0

Persona titular del aprovechamiento de pastoreo: segundo apellido

TituNIF

texto

9

0

Persona titular del aprovechamiento de pastoreo: NIF

REFCAT

texto

14

0

Código de la referencia catastral obtenida de la sede electrónica del Catastro

IDMONTE

numérico

5

0

Campo de obligado cumplimiento en el caso de montes públicos, protectores o MVMC. Se obtiene del Registro de Montes

IDPREDIO

numérico

5

0

Código correlativo (1, 2, 3, ..., 99.999)

TIPO

texto

12

0

Tipo regulación

SUPERF

numérico

10

4

Superficie de cada recinto, en hectáreas

Para el campo [TIPO] se utilizarán las siguientes opciones:

- «No forestal», para las superficies que no tienen la consideración de monte o terreno forestal.

- «No definido», para las superficies donde no se prohibió ni se reguló el pastoreo.

- «Prohibido», para las superficies donde se prohíbe el pastoreo.

- «Regulado», para las superficies donde se autoriza el pastoreo, de manera regulada.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 20-05-2020 en vigor desde 09-06-2020