Anexo 8 Tipología y funcionamiento de los centros, servicios y programas de servicios sociales
ANEXO VIII. Categorías, cualificaciones profesionales, titulaciones y requisitos
Todo el personal deberá contar con la titulación adecuada al puesto de trabajo o a la categoría profesional a desempeñar. Asimismo, deberá disponer del carné de manipulador de alimentos o del certificado individual de acreditación de haber recibido la formación correspondiente, en los términos de lo establecido en la normativa vigente.
A efectos del cómputo de la ratio de personal, no podrán computarse más de cuarenta horas semanales para cada trabajador, o bien el número máximo de horas que se establezca en el convenio colectivo correspondiente.
La siguiente tabla muestra la relación entre las diferentes categorías profesionales y las titulaciones, cualificaciones o requisitos que le son exigibles a cada una de ellas. Constan las homologaciones y certificaciones equivalentes para el personal que no disponga de las titulaciones oficiales.
(TABLA OMITIDA. Consultar en documento PDF de publicación -DOGV 22/03/2023-)
- Texto Original. Publicado el 22-03-2023 en vigor desde 23-03-2023