Anexo 8 Normas de sanidad...transporte

Anexo 8 Normas de sanidad y protección animal durante el transporte

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

ANEXO VIII. Requisitos mínimos exigibles a los operadores que prestan servicio en puertos y aeropuertos y manejan animales vivos en movimientos dentro de la Unión Europea, de acuerdo con el artículo 17.2

Vigente

Tiempo de lectura: 2 min

Tiempo de lectura: 2 min


1. Requisitos relacionados con la asistencia veterinaria: Se debe facilitar los datos de contacto del mismo (nombre, correo electrónico y teléfono) así como indicar sus competencias y responsabilidades.

2. Requisitos relacionados con el personal: Se debe aportar una relación del personal que va a manejar a los animales indicando para cada uno de ellos las tareas asignadas.

3. Requisitos relacionados con las operaciones previstas:

3.1 Contenido del plan normalizado de trabajo:

- Indicación de las operaciones en el orden cronológico en el que suceden, incluyendo el personal que va a realizarlas y el tiempo previsto de estancia de los animales en cada una de las operaciones.

- Punto de contacto (nombre y apellidos, teléfono y correo electrónico) a efectos de comunicación en relación con los temas de protección de los animales durante el transporte.

3.2 Plan de contingencia que incluya una relación de las situaciones anómalas que puedan poner en peligro en bienestar de los animales tales como escape de animales, animales no aptos, enfermos, retrasos en el transporte, condiciones meteorológicas adversas, etc., indicando para cada una de ellas:

- Las medidas correctoras para revolver la situación.

- Las medidas preventivas para evitar que vuelva a producirse.

- Personal que va a llevar a cabo cada una de las medidas y datos de contacto.