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Anexo 8 Eficiencia energética de los edificios -refundición-

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ANEXO VIII. Requisitos de los pasaportes de renovación

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1. El pasaporte de renovación incluirá:

a) información sobre la eficiencia energética actual del edificio;

b) una representación gráfica o representaciones gráficas de la hoja de ruta y sus etapas para una renovación en profundidad por etapas;

c) información sobre los requisitos nacionales pertinentes, como los requisitos mínimos de eficiencia energética de los edificios, las normas mínimas de eficiencia energética y las normas del Estado miembro relativas a la eliminación gradual de los combustibles fósiles utilizados en los edificios para la calefacción y la refrigeración, incluidas las fechas de aplicación;

d) una breve explicación de la secuencia óptima de las etapas;

e) información sobre cada etapa, que incluirá:

i) el nombre y la descripción de las medidas de reforma de la etapa, incluidas las opciones pertinentes para las tecnologías, las técnicas y los materiales que vayan a utilizarse,

ii) una estimación del ahorro energético en el consumo de energía primaria y final, en kWh y en porcentaje de mejora, en comparación con el consumo anterior a la etapa,

iii) la reducción prevista de emisiones de gases de efecto invernadero operativas,

iv) el ahorro previsto en la factura energética, indicando claramente las hipótesis sobre los costes de la energía que han servido de base para el cálculo,

v) la clase de eficiencia energética prevista del certificado de eficiencia energética que debe alcanzarse una vez que haya finalizado la etapa;

f) información sobre una posible conexión a un sistema urbano eficiente de calefacción y refrigeración;

g) la proporción de generación individual o colectiva y de autoconsumo de energías renovables que se prevé lograr después de la renovación;

h) información general sobre las opciones disponibles para mejorar la circularidad de los productos de construcción y reducir las emisiones de gases de efecto invernadero de su ciclo de vida completo, así como los beneficios más amplios relacionados con la salud y el confort, la calidad ambiental interior y la mejora de la capacidad de adaptación del edificio al cambio climático;

i) información sobre la financiación disponible y enlaces a las páginas web pertinentes que indiquen las fuentes de dicha financiación;

j) información sobre los servicios de asistencia técnica y asesoramiento, incluidos los datos de contacto y los enlaces a las páginas web de las ventanillas únicas.

2. El pasaporte de renovación puede incluir:

a) un calendario indicativo de las etapas;

b) por cada etapa:

i) una descripción detallada de las tecnologías, técnicas y materiales que van a utilizarse, sus ventajas, desventajas y costes,

ii) una comparación de la eficiencia energética del edificio tras la finalización de la etapa con los requisitos mínimos de eficiencia energética de los edificios que sean objeto de una renovación importante, los requisitos de los edificios de consumo de energía casi nulo y los requisitos de los edificios de cero emisiones tras, y una comparación de eficiencia energética de los elementos del edificio sustituidos con los requisitos mínimos de eficiencia energética aplicables a los elementos individuales del edificio, en su caso,

iii) una estimación de los costes de ejecución de la etapa,

iv) el período de amortización previsto de la etapa, con asistencia financiera disponible y sin ella,

v) una estimación del tiempo necesario para ejecutar la etapa,

vi) cuando estén disponibles, los valores de referencia de las emisiones de gases de efecto invernadero del ciclo de vida de los materiales y equipos y enlaces a las páginas web pertinentes en la que puedan encontrarse,

vii) la duración prevista de las medidas y una estimación de los costes de mantenimiento;

c) módulos independientes sobre:

i) las profesiones que normalmente se recomiendan o son necesarias para llevar a cabo las renovaciones energéticas (arquitectos, asesores, contratistas, proveedores, instaladores, etc.) o enlaces a las páginas web pertinentes,

ii) una lista de los arquitectos, asesores, contratistas, proveedores o instaladores pertinentes de la zona, que puede incluir únicamente a aquellos que cumplan determinadas condiciones, como ser poseedores de un título de educación superior o de una certificación o satisfacer determinadas condiciones, o enlaces a las páginas web pertinentes,

iii) las condiciones técnicas necesarias para la implantación óptima de la calefacción a baja temperatura,

iv) el modo en que las etapas de renovación y las medidas adicionales podrían mejorar el grado de preparación para aplicaciones inteligentes de un edificio,

v) los requisitos técnicos y de seguridad de los materiales y las obras,

vi) las hipótesis subyacentes a los cálculos facilitados o un enlace a la página web pertinente en la que puedan encontrarse;

d) información sobre cómo acceder a una versión digital del pasaporte de renovación;

e) cualquier renovación importante del edificio o de la unidad de un edificio, a tenor del artículo 8, apartado 1, y cualquier adaptación o sustitución de un elemento de un edificio que forme parte de la envolvente del edificio y que repercuta de forma significativa en la eficiencia energética de la envolvente, a tenor del artículo 8, apartado 2, cuando tal información se ponga a disposición del experto encargado de elaborar el pasaporte de renovación;

f) información relacionada con la seguridad contra terremotos, cuando dicha información relativa al edificio se ponga a disposición del experto;

g) a petición del propietario actual del edificio y sobre la base de la información facilitada por él, un anexo con información adicional, como la adaptabilidad de los espacios a la evolución de las necesidades y las renovaciones previstas.

3. En cuanto a la situación del edificio antes de las etapas de renovación, el pasaporte de renovación tendrá en cuenta, en la medida de lo posible, la información contenida en el certificado de eficiencia energética.

4. Todas las medidas utilizadas para calcular los efectos de las etapas se basarán en un conjunto de criterios estándares.