Anexo 7 2023 PGE
ANEXO VII. Remanentes de crédito incorporables
Podrán incorporarse a los créditos del ejercicio, los remanentes que se recogen a continuación:
1. Los siguientes créditos en el Ministerio de Hacienda y Función Pública: 15.05.923M.478 «Programa de apoyo público a empresas intensivas en consumidoras de gas» y 15.05.923M.472 «Ayudas al sector del transporte».
2. Los de los créditos 19.01.281M.628 y 19.01.281M.638 «Patrimonio Sindical Acumulado».
3. Los siguientes créditos del Instituto para la Transición Justa: 23.112.423O.751. «Infraestructuras»; 23.112.423O.752.00 «Plan de Restauración. Financiación interna»; 23.112.423O.771 «Proyectos empresariales generadores de empleo» y 23.112.423O.772 «Pequeños proyectos empresariales generadores de empleo».
4. Los siguientes créditos, que amparen gastos autorizados, del Instituto de la Juventud: 29.101.232A.448 «A Sociedades, Entidades públicas empresariales, fundaciones y resto de entes del sector público. Programa Erasmus + (2021-2027); 29.101.232A.458 «A entidades de las Comunidades Autónomas participantes en el Programa Erasmus + (2021-2027)»; 29.101.232A.468 «A entidades de la Administración local. Programa Erasmus + (2021-2027)»; 29.101.232A.478 «A empresas privadas. Programa Erasmus + (2021-2027)» y 29.101.232A.488 «A entidades, asociaciones y jóvenes participantes en el Programa Erasmus + (2021-2027)».
5. Los siguientes créditos, que amparen gastos autorizados, del Instituto de la Juventud: 29.101.232A.449 «A Sociedades, Entidades públicas empresariales, fundaciones y resto de entes del sector público. Programa Cuerpo Europeo de Solidaridad (2021-2027); 29.101.232A.459 «A entidades de las Comunidades Autónomas participantes en el Programa Cuerpo Europeo de Solidaridad (2021-2027)»; 29.101.232A.469 «A entidades de la Administración local. Programa Cuerpo Europeo de Solidaridad (2021-2027)»; 29.101.232A.479 «A empresas privadas. Programa Cuerpo Europeo de Solidaridad (2021-2027)»; y 29.101.232A.489 «A entidades, asociaciones y jóvenes participantes en el Programa Cuerpo Europeo de Solidaridad (2021-2027).
6. En la sección 36, los procedentes de los Fondos de Compensación Interterritorial, en los términos establecidos en la Ley 22/2001, de 27 de diciembre.
7. Los créditos de la Sección 38, procedentes de las transferencias realizadas como consecuencia de los reales decretos de traspasos de servicios.
- Texto Original. Publicado el 24-12-2022 en vigor desde 01-01-2023