Anexo 6 Responsabilidad medioambiental en relación con la prevención y reparación de daños medioambientales
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»ANEXO VI. INFORMACIÓN Y DATOS A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 18, APARTADO 1
Vigente
La información mencionada en el artículo 18, apartado 1, comprenderá los casos de daño medioambiental conforme a la presente Directiva, con la información y los datos siguientes en cada caso:
1. Tipo de daño medioambiental y fecha en que se produjo o descubrió el daño. El tipo de daño medioambiental se clasificará como daño a las especies y hábitats naturales protegidos, el agua y el suelo, según se menciona en el artículo 2, punto 1;
2. Descripción de la actividad conforme al anexo III.
Los Estados miembros incluirán cualquier información pertinente sobre la experiencia adquirida de la aplicación de la presente Directiva.
Modificaciones
- Artículo modificado por Reglamento (UE) 2019/1010 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de junio de 2019, relativo a la adaptación de las obligaciones de información en el ámbito de la legislación relativa al medio ambiente y por el que se modifican los Reglamentos (CE) n.º 166/2006 y (UE) n.º 995/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo, las Directivas 2002/49/CE, 2004/35/CE, 2007/2/CE, 2009/147/CE y 2010/63/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, los Reglamentos (CE) n.º 338/97 y (CE) n.º 2173/2005 del Consejo, y la Directiva 86/278/CEE del Consejo
(DC de 25-06-2019) en vigor desde 26-06-2019