Anexo 5 Fondo Social para el Clima
ANEXO V. Modelo para los planes sociales para el clima a que se refiere el artículo 6, apartado 7
Índice
1. VISIÓN GENERAL Y PROCESO DE ELABORACIÓN DEL PLAN SOCIAL PARA EL CLIMA 43
1.1. Resumen 43
1.2. Visión general de la situación política actual 43
1.3. Proceso de consulta pública 43
2. DESCRIPCIÓN DE LAS MEDIDAS E INVERSIONES, HITOS Y METAS 44
2.1. COMPONENTE [1][2]: [sector de los edificios] [sector del transporte] 44
i) Descripción del componente 44
ii) Descripción de las medidas e inversiones del componente 44
iii) No causar un perjuicio significativo 44
iv) Hitos, metas y calendario 45
v) Financiación y costes 45
vi) Justificación relativa a las entidades beneficiarias distintas de los hogares vulnerables, las microempresas vulnerables y los usuarios del transporte vulnerables (si procede) 45
vii) Costes totales estimados del componente 46
viii) Escenario en caso de inicio posterior del régimen de comercio de derechos de emisión 46
2.2. COMPONENTE [3]: ayuda directa a la renta 46
i) Descripción del componente 46
ii) Descripción de las medidas del componente 46
iii) Hitos y metas de las medidas de ayuda directa a la renta 47
iv) Justificación de las medidas 47
v) Coste de las medidas 47
vi) Justificación relativa a las entidades beneficiarias distintas de los hogares vulnerables y los usuarios del transporte vulnerables (si procede) 47
vii) Coste estimado del plan para el componente de ayuda temporal y directa a la renta 48
viii) Escenario en caso de inicio posterior del régimen de comercio de derechos de emisión 48
2.3. Asistencia técnica 48
2.4. Transferencias a programas de gestión compartida 48
2.5. Costes totales estimados del plan 48
3. ANÁLISIS E IMPACTO GLOBAL 49
3.1. Definiciones 49
3.2. Impacto previsto en los grupos vulnerables 49
3.3. Impacto previsto de las medidas e inversiones planificados 49
4. COMPLEMENTARIEDAD, ADICIONALIDAD Y EJECUCIÓN DEL PLAN 50
4.1. Seguimiento y ejecución del plan 50
4.2. Coherencia con otras iniciativas 50
4.3. Complementariedad de la financiación 50
4.4. Adicionalidad 50
4.5. Particularidades geográficas 51
4.6. Prevención de la corrupción, el fraude y los conflictos de intereses 51
4.7. Información, comunicación y visibilidad 51
1. VISIÓN GENERAL Y PROCESO DE ELABORACIÓN DEL PLAN SOCIAL PARA EL CLIMA
1.1. Resumen
El contexto de la transición ecológica en el Estado miembro, con especial hincapié en los principales retos debido a las repercusiones sociales de la inclusión de las emisiones de gases de efecto invernadero de los sectores de los edificios y el transporte por carretera en el ámbito de aplicación de la Directiva 2003/87/CE y el modo en que el plan responderá a estos retos.
Un cuadro sinóptico en el que se resumen los principales objetivos del plan, junto con los costes totales estimados del plan, incluidos la contribución del Fondo, la contribución nacional y los recursos procedentes de programas de gestión compartida que se transferirán al Fondo, divididos en los tres ámbitos de intervención: medidas e inversiones para el sector de los edificios, medidas e inversiones para el sector del transporte por carretera y medidas para la ayuda directa a la renta, sobre la base del siguiente modelo:
Ámbito de intervención | Costes totales (absolutos y porcentaje de la financiación total) por fuente de financiación | Visión general de las principales medidas e inversiones previstas | Objetivos de las medidas e inversiones | Impacto de las medidas e inversiones | |
Reducción de los hogares vulnerables y los usuarios del transporte vulnerables (unidad: hogar) | Reducción de las emisiones de CO2 | ||||
Sector de los edificios | |||||
Sector del transporte por carretera | |||||
Ayuda temporal y directa a la renta | |||||
Asistencia técnica (artículo 8, apartado 3) | |||||
Contribución al Instrumento de Apoyo Técnico (artículo 11, apartado 3) | |||||
Contribución al compartimento de los Estados miembros en InvestEU (artículo 11, apartado 3) |
1.2. Visión general de la situación política actual
Información sobre las actuales políticas nacionales en materia de energía y clima y el modo en que se están aplicando en el contexto nacional, con especial atención a los sectores de los edificios y el transporte y en relación con los grupos más vulnerables.
1.3. Proceso de consulta pública
Un resumen del proceso de consulta de las autoridades locales y regionales, los interlocutores sociales, las organizaciones de la sociedad civil, las organizaciones juveniles y otras partes interesadas pertinentes, ejecutado de conformidad con el marco jurídico nacional, para la preparación y, en su caso, la ejecución del plan, que abarcará el alcance, tipo y calendario de las actividades de consulta, así como el modo en que el plan refleja las impresiones de las partes interesadas.
2. DESCRIPCIÓN DE LAS MEDIDAS E INVERSIONES, HITOS Y METAS
Información sobre cada componente de los tres ámbitos del plan por separado:
- sector de los edificios,
- sector del transporte por carretera,
- ayuda temporal y directa a la renta.
Un componente podrá incluir varios subcomponentes centrados en un reto o necesidad específicos. Cada componente o subcomponente podrá incluir una o varias medidas o inversiones estrechamente relacionadas o mutuamente dependientes.
2.1. COMPONENTE [1][2]: [sector de los edificios] [sector del transporte]
Información sobre el componente:
i) Descripción del componente
Cuadro resumen:
Cuadro resumen para el componente [1] [2] [sector de los edificios] [sector del transporte]
Ámbito de intervención: [sector de los edificios] [sector del transporte]
Objetivo:
Medidas e inversiones:
Costes totales estimados: xx EUR, de los cuales:
Costes que se solicita que cubra el Fondo: xx EUR
Costes que cubrirá la contribución nacional: xx EUR
ii) Descripción de las medidas e inversiones del componente
Descripción detallada del componente y de sus medidas e inversiones específicas, así como de sus interrelaciones y sinergias, que abarcará:
- un análisis claro y basado en datos contrastados de los retos existentes y del modo en que las medidas y las inversiones abordan dichos retos;
- la naturaleza, el tipo y la magnitud de la medida o inversión, que podrá incluir medidas de apoyo técnico adicional de conformidad con el artículo 11, apartado 4, con indicación de si se trata de una medida o inversión nueva o existente que se pretende ampliar con la ayuda del Fondo;
- información detallada sobre el objetivo de la medida o inversión y sobre las personas y cosas a las que se dirige; una explicación sobre el modo en que la medida e inversión contribuirían de manera eficaz a la consecución de los objetivos del Fondo en el marco de la definición general de las políticas pertinentes de un Estado miembro, y el modo en que reducirán la dependencia de los combustibles fósiles;
- descripción del modo en que se ejecuta la medida o inversión (medios de ejecución), con referencia a la capacidad administrativa del Estado miembro a nivel central y, cuando proceda, regional y local, con una explicación sobre el modo en que los recursos se absorberán de manera oportuna y se orientarán hacia los niveles subnacionales, si procede;
- cuando proceda, una explicación del modo en que la medida o inversión pretende abordar la desigualdad de género;
- el calendario de la medida o inversión; en el caso de las ayudas relativas a los vehículos de baja emisión, un calendario para la reducción gradual de dicha ayuda.
iii) No causar un perjuicio significativo
Información sobre el modo en que las medidas e inversiones incluidas en el componente respetan el principio de «no causar un perjuicio significativo» en el sentido del artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852. La Comisión ofrecerá orientaciones técnicas, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 6, apartado 5, del presente Reglamento.
iv) Hitos, metas y calendario
Información sobre cada hito y meta, que reflejará los avances en la ejecución de las medidas e inversiones de este componente, como sigue:
- el motivo de la elección del hito o la meta específicos;
- aquello que miden el hito o la meta;
- el modo en que se medirá, la metodología y fuentes que se utilizarán y el modo en que se verificará objetivamente la consecución correcta del hito o la meta;
- el valor de referencia (punto de partida) y el nivel o el punto específico que debe alcanzarse;
- el plazo en el que se alcanzará (por trimestre y año);
- la persona y la institución que se encargarán de la ejecución, la medición y la presentación de informes.
Cuadro con los hitos, las metas y el calendario de los componentes con la siguiente información:
Número de orden | Nombre de la medida/inversión | Hito y meta | Nombre del hito/meta | Indicadores cualitativos (hitos) | Indicadores cuantitativos (metas) | Calendario de consecución | Descripción de cada hito y meta | |||
Unidad de la medida/inversión | Valor de referencia | Meta | Trimestre | Año | ||||||
v) Financiación y costes
Información y explicación sobre los costes totales estimados del componente y de cada medida e inversión, con el respaldo de una justificación adecuada, incluidos:
- el método utilizado, las hipótesis de base formuladas (por ejemplo, sobre los costes unitarios, los costes de los insumos) y la justificación de dichas hipótesis;
- el calendario indicativo completo en el que se prevé que se generen los costes;
- información sobre la contribución nacional a los costes totales de las medidas e inversiones;
- cualquier información sobre la financiación que esté o pueda estar prevista, procedente de otros instrumentos de la Unión, relacionada con el mismo componente;
- cualquier información sobre la financiación prevista procedente de fuentes privadas y el nivel de apalancamiento que se persigue, si procede;
- justificación del carácter verosímil y razonable de los costes estimados, cuando sea necesario, teniendo en cuenta las particularidades nacionales.
vi) Justificación relativa a las entidades beneficiarias distintas de los hogares vulnerables, las microempresas vulnerables y los usuarios del transporte vulnerables (si procede) Si al ayuda del Fondo se proporciona a través de entidades públicas o privadas distintas de los hogares vulnerables, las microempresas vulnerables o los usuarios del transporte vulnerables, una explicación sobre las medidas o inversiones que dichas entidades llevarán a cabo y sobre el modo en que dichas medidas e inversiones beneficiarán en última instancia a los hogares vulnerables, las microempresas vulnerables y los usuarios del transporte vulnerables.
Si la ayuda del Fondo se proporciona a través de intermediarios financieros, una descripción de las medidas que el Estado miembro pretende adoptar para garantizar que los intermediarios financieros trasladen todo el beneficio a los destinatarios finales.
vii) Costes totales estimados del componente
Cumplimentar el cuadro sobre el coste estimado de las medidas e inversiones incluidas en el componente, de conformidad con el modelo que figura a continuación:
Número de orden | Medida relacionada (medida o inversión) | Período pertinente | Costes estimados para los que se solicita financiación del Fondo | ||||||||
Total solicitado | Si está disponible: desglose por año | ||||||||||
A partir del | Hasta el | Importe (millones EUR) | 2026 | 2027 | 2028 | 2029 | 2030 | 2031 | 2032 | ||
viii) Escenario en caso de inicio posterior del régimen de comercio de derechos de emisión
Una descripción y cuantificación de los ajustes en las medidas, las inversiones, los hitos, las metas, el importe de la contribución nacional y cualquier otro elemento pertinente del plan derivado del aplazamiento del inicio del régimen de comercio de derechos de emisión en virtud de lo dispuesto en el capítulo IV bis de la Directiva 2003/87/CE de conformidad con el artículo 30 duodecies de dicha Directiva.
Una versión separada del cuadro resumen, el cuadro sobre los hitos, las metas y el calendario, y el cuadro sobre los costes estimados.
2.2. COMPONENTE [3]: ayuda directa a la renta
Información sobre el componente de la ayuda directa a la renta:
i) Descripción del componente
Cuadro resumen:
Cuadro resumen para el componente 3: ayuda directa a la renta
Ámbito de intervención: ayuda directa a la renta
Objetivo:
Medidas:
Costes totales estimados: xx EUR, de los cuales:
Costes que se solicita que cubra el Fondo: xx EUR
Costes que cubrirá la contribución nacional: xx EUR
ii) Descripción de las medidas del componente
Una descripción detallada del componente y de sus medidas específicas, así como de sus interrelaciones y sinergias, que abarcará:
- un análisis claro y basado en datos contrastados de los retos existentes, del modo en que se abordan dichos retos y de los objetivos de la ayuda;
- la naturaleza, el tipo y la magnitud de la ayuda;
- información detallada sobre los destinatarios finales de la ayuda y los criterios utilizados para su determinación;
- el calendario para la disminución de la ayuda directa a la renta en consonancia con el calendario del Fondo, incluida una fecha concreta de finalización de la ayuda;
- cuando proceda, una explicación del modo en que la ayuda pretende abordar la desigualdad de género;
- descripción del modo en que se ejecuta la ayuda;
- información sobre la contribución nacional a los costes de las medidas.
iii) Hitos y metas de las medidas de ayuda directa a la renta
Información sobre cada hito y meta, que reflejará los avances en la ejecución de este componente, como sigue:
- el motivo de la elección del hito o la meta específicos;
- aquello que miden el hito o la meta;
- el modo en que se medirá, la metodología y fuentes que se utilizarán y el modo en que se verificará objetivamente la consecución correcta del hito o la meta;
- el valor de referencia (punto de partida) y el nivel o el punto específico que debe alcanzarse;
- el plazo en el que se alcanzará;
- la persona y la institución que se encargarán de la ejecución, la medición y la presentación de informes.
Cuadro que contiene los hitos, las metas y el calendario de las medidas de ayuda temporal y directa a la renta, el modelo figura a continuación:
Número de orden | Medida | Hito y meta | Nombre del hito/meta | Indicadores cualitativos (hitos) | Indicadores cuantitativos (metas) | Calendario de consecución | Descripción de cada hito y meta | |||
Unidad de la medida | Valor de referencia | Meta | Trimestre | Año | ||||||
iv) Justificación de las medidas
Justificación de la necesidad de ayuda temporal y directa a la renta sobre la base de los criterios establecidos en el artículo 6, apartado 1, y el artículo 8, apartado 2:
- una estimación cuantitativa y una explicación cualitativa del modo en que se espera que las medidas del plan reduzcan la pobreza energética y la pobreza de transporte, así como la vulnerabilidad de los hogares y los usuarios del transporte, ante un aumento de los precios del transporte por carretera y del combustible para calefacción;
- justificación del calendario propuesto para la disminución de la ayuda temporal y directa a la renta y de las condiciones en las que deja de aplicarse;
- descripción del modo en que las medidas estructurales e inversiones también van dirigidas a los grupos de beneficiarios de la ayuda temporal y directa a la renta para ayudarlos a salir de la pobreza energética y de la pobreza de transporte de manera eficaz, y descripción de la complementariedad de la ayuda temporal y directa a la renta y las medidas estructurales e inversiones para apoyar a los hogares vulnerables y a los usuarios del transporte vulnerables.
v) Coste de las medidas
Información y explicación sobre los costes totales estimados del componente, con el respaldo de una justificación adecuada, incluidos:
- la metodología utilizada, las hipótesis de base formuladas y la justificación de dichas hipótesis;
- los datos comparativos de los costes, si en el pasado se han llevado a cabo medidas de ayuda similares;
- cualquier información sobre la financiación que esté o pueda estar prevista, procedente de otros instrumentos de la Unión, relacionada con la misma ayuda;
- justificación detallada adecuada del carácter verosímil y razonable de los costes estimados, incluidos los datos o pruebas utilizados anejos al plan.
vi) Justificación relativa a las entidades beneficiarias distintas de los hogares vulnerables y los usuarios del transporte vulnerables (si procede) Si la ayuda del Fondo se proporciona a través de entidades públicas o privadas distintas de los hogares vulnerables o los usuarios del transporte vulnerables, una explicación sobre el tipo de medidas que dichas entidades llevarán a cabo y sobre el modo en que dichas medidas beneficiarán en última instancia a los hogares vulnerables o los usuarios del transporte vulnerables.
Si la ayuda del Fondo se proporciona a través de intermediarios financieros, una descripción de las medidas que el Estado miembro pretende adoptar para garantizar que los intermediarios financieros trasladen todo el beneficio a los destinatarios finales.
vii) Coste estimado del plan para el componente de ayuda temporal y directa a la renta
Cumplimentar el cuadro sobre el coste estimado de la ayuda incluida en el componente, el modelo figura a continuación:
Número de orden | Tipo de ayuda | Período pertinente | Costes estimados para los que se solicita financiación del Fondo | ||||||||
Total solicitado | Si está disponible: desglose por año | ||||||||||
A partir del | Hasta el | Importe (millones EUR) | 2026 | 2027 | 2028 | 2029 | 2030 | 2031 | 2032 | ||
viii) Escenario en caso de inicio posterior del régimen de comercio de derechos de emisión
Una descripción y cuantificación de los ajustes en las medidas, las inversiones, los hitos, las metas, el importe de la contribución nacional y cualquier otro elemento pertinente del plan derivados del aplazamiento del inicio del régimen de comercio de derechos de emisión en virtud de lo dispuesto en el capítulo IV bis de la Directiva 2003/87/CE de conformidad con el artículo 30 duodecies de dicha Directiva.
Una versión separada del cuadro resumen, el cuadro sobre los hitos, las metas y el calendario, y el cuadro sobre los costes estimados.
2.3. Asistencia técnica
Una descripción de las acciones de asistencia técnica que se incluirán para la administración y ejecución efectivas de las medidas e inversiones establecidas en el plan, de conformidad con el artículo 8, apartado 3, incluidos:
- la naturaleza, el tipo y la magnitud de las acciones de asistencia técnica,
- el coste estimado de las acciones de asistencia técnica.
2.4. Transferencias a programas de gestión compartida
Si se prevé transferir recursos del Fondo a fondos en régimen de gestión compartida de conformidad con el artículo 11, apartado 2, indicación de los programas a los que se transferirán dichos recursos y del calendario correspondiente, e indicación del modo en que las medidas e inversiones que vayan a ejecutarse en el marco de dichos programas cumplirían los objetivos mencionados en el artículo 3, en particular si están comprendidas o no en las medidas e inversiones establecidas en el artículo 8.
2.5. Costes totales estimados del plan
Costes totales estimados del plan, incluidos los importes destinados a apoyo técnico adicional en virtud del artículo 11, apartado 4, del presente Reglamento, el importe de la contribución en efectivo a efectos del compartimento de los Estados miembros con arreglo a las disposiciones correspondientes del Reglamento (UE) 2021/523 y cualquier importe destinado a asistencia técnica adicional en virtud del artículo 8, apartado 3, del presente Reglamento.
Una indicación de la contribución nacional a los costes totales de su plan, incluida una indicación de los recursos procedentes de programas de gestión compartida que se prevé transferir al Fondo en virtud del artículo 11, apartado 1, del presente Reglamento y de los recursos del Fondo que se prevé transferir a los programas de gestión compartida en virtud del artículo 11, apartado 2, del presente Reglamento.
Una descripción de la conformidad de los costes con el principio de coste-eficacia y de su proporcionalidad respecto del impacto previsto del plan.
Cumplimentar el cuadro que resume el coste del Fondo por fuente de financiación, el modelo figura a continuación:
Costes totales del plan social para el clima | Hipótesis de base | En el caso del artículo 30 duodecies de la Directiva 2003/87/CE |
COSTES TOTALES ESTIMADOS DEL PLAN, de los cuales: | XXX EUR | XXX EUR |
Cubiertos por el Fondo | XXX EUR | XXX EUR |
Contribución nacional | XXX EUR | XXX EUR |
Transferencias procedentes de programas de gestión compartida | XXX EUR | XXX EUR |
(Transferencias a programas de gestión compartida) | -XXX EUR | -XXX EUR |
3. ANÁLISIS E IMPACTO GLOBAL
3.1. Definiciones
Una explicación del modo en el que se aplicarán a nivel nacional las definiciones de pobreza energética y pobreza de transporte.
3.2. Impacto previsto en los grupos vulnerables
Una estimación de los posibles efectos del aumento de los precios derivado del régimen de comercio de derechos de emisión establecido en virtud de lo dispuesto en el capítulo IV bis de la Directiva 2003/87/CE en los hogares y, en particular, en la incidencia de la pobreza energética y la pobreza del transporte y en las microempresas, que comprenda, en particular, una estimación del número y la determinación de los hogares vulnerables, las microempresas vulnerables y los usuarios del transporte vulnerables. Estos efectos deben analizarse al nivel territorial adecuado establecido por cada Estado miembro, teniendo en cuenta las particularidades y los elementos nacionales, como el acceso al transporte público y a los servicios básicos, y determinando las zonas más afectadas.
Una descripción del método utilizado para obtener las estimaciones, velando al mismo tiempo por que las estimaciones se calculen con un nivel suficiente de desagregación regional.
3.3. Impacto previsto de las medidas e inversiones planificados
Una estimación del impacto previsto sobre las emisiones de gases de efecto invernadero, la pobreza energética y la pobreza de transporte de las medidas e inversiones previstas en la sección 2, con una comparación con el valor de referencia descrito anteriormente.
Una descripción de la metodología utilizada para obtener las estimaciones.
Cuadros cualitativos y cuantitativos sobre el impacto del plan, el modelo figura a continuación:
Componente | Descripción del impacto previsto del componente en: (marcar los indicadores cuantitativos pertinentes) | ||||
Eficiencia energética | Renovación de edificios | Movilidad y transporte de emisión cero y de baja emisión | Reducción de la emisión de gases de efecto invernadero | Reducción del número de hogares vulnerables y de usuarios del transporte vulnerables (unidad: hogar) | |
Plan global | |||||
Sector de los edificios | |||||
Sector del transporte por carretera |
Componente | Cuantificación del impacto (si está disponible) Es decir, diferencia porcentual respecto a un valor de referencia neutro en cuanto a las políticas | |||||
A corto plazo (próximos 3 años) | A medio plazo (fin del plan) | |||||
Emisiones de gases de efecto invernadero | Hogares en situación de pobreza energética | Hogares en situación de pobreza de transporte | Emisiones de gases de efecto invernadero | Hogares en situación de pobreza energética | Hogares en situación de pobreza de transporte | |
Plan global | ||||||
Sector de los edificios | ||||||
Sector del transporte por carretera |
Cuadro cualitativo y cuantitativo sobre el impacto previsto de las medidas de ayuda temporal y directa a la renta en la reducción del número de hogares vulnerables y de usuarios del transporte vulnerables, así como de hogares en situación de pobreza energética y de pobreza de transporte, el modelo figura a continuación:
Componente: ayuda directa a la renta | |
Reducción del número de hogares vulnerables y de usuarios del transporte vulnerables | Descripción del impacto previsto |
Estimación del impacto previsto; unidad: hogar | |
Reducción del número de hogares en situación de pobreza energética y de pobreza de transporte | Descripción del impacto previsto |
Estimación del impacto previsto; unidad: hogar |
4. COMPLEMENTARIEDAD, ADICIONALIDAD Y EJECUCIÓN DEL PLAN
Esta parte se refiere a todo el plan. Los distintos criterios que se mencionan a continuación deben justificarse para el plan en su conjunto.
4.1. Seguimiento y ejecución del plan
Explicación del modo en que el Estado miembro pretende ejecutar las medidas e inversiones propuestas, centrada en las disposiciones y el calendario para el seguimiento y la ejecución, incluidas, en su caso, las medidas necesarias para cumplir lo dispuesto en el artículo 21.
4.2. Coherencia con otras iniciativas
Explicación sobre el modo en que el plan es coherente con la información incluida y los compromisos contraídos por el Estado miembro en el marco de otros planes y fondos pertinentes, así como la interacción entre los distintos planes en el futuro, con arreglo a lo indicado en el artículo 6, apartado 3, y en el artículo 16, apartado 3, letra b), inciso iii).
4.3. Complementariedad de la financiación
Información sobre la financiación existente o prevista de medidas e inversiones procedente de otras fuentes de la Unión, internacionales, públicas o, si ha lugar, privadas que contribuyan a las medidas e inversiones establecidas en el plan, incluidas las ayudas temporales y directas a la renta, con arreglo al artículo 6, apartado 1, letra c).
4.4. Adicionalidad
Explicación y justificación del modo en que las medidas o inversiones nuevas o existentes son adicionales y no sustituyen a los gastos presupuestarios nacionales ordinarios, de conformidad con el artículo 13, apartado 2, en particular dicha explicación y justificación con respecto a las medidas e inversiones incluidas en el plan de conformidad con el artículo 4, apartado 5.
4.5. Particularidades geográficas
Explicación de cómo se ha tenido en cuenta en el plan la existencia de particularidades geográficas, como islas, regiones y territorios ultraperiféricos, zonas rurales o alejadas, periferias menos accesibles, zonas montañosas o zonas menos desarrolladas.
4.6. Prevención de la corrupción, el fraude y los conflictos de intereses
Un sistema adoptado para prevenir, detectar y corregir la corrupción, el fraude y los conflictos de intereses en la utilización de los fondos concedidos con cargo al Fondo, y de las medidas adoptadas con el fin de evitar la doble financiación procedente del Fondo y de otros programas de la Unión de conformidad con el artículo 21 y el anexo III, incluidos los fondos proporcionados a través de entidades públicas o privadas distintas de los hogares vulnerables, las microempresas vulnerables y los usuarios del transporte vulnerables, de conformidad con el artículo 9.
4.7. Información, comunicación y visibilidad
El cumplimiento de las disposiciones establecidas en el artículo 23 relativas al acceso público a los datos, con indicación del sitio web en el que se publicarán los datos, así como las medidas de información, comunicación y visibilidad.
Un esbozo de la estrategia nacional de comunicación prevista destinada a garantizar la concienciación del público sobre la financiación de la Unión.
- Texto Original. Publicado el 16-05-2023 en vigor desde 17-05-2023