Anexo 5 Autorización ambiental unificada
ANEXO V. DOCUMENTACIÓN BÁSICA
Proyecto técnico que incluya, al menos, los siguientes aspectos:
Para actuaciones en general:
- Descripción detallada y alcance de la actuación.
- Producto de la actuación (producto de la obra o infraestructura, actividad, etc.) En el caso de una actividad productiva: descripción detallada de las instalaciones, procesos productivos y capacidad de producción.
- Planos de situación, cartografía y planos de detalle de la actuación.
- Recursos naturales consumidos (incluido el suelo ocupado), materias primas y auxiliares consumidas, sustancias, agua y energía empleadas. Procedencia y consumo previsto.
- Balance de materia, rendimiento previsto o, en su caso, indicadores de la actuación y cronograma de su ejecución.
- Tecnología prevista y, en su caso, informe sobre adecuación a las mejores técnicas disponibles.
- Fuentes generadoras de las distintas emisiones (acuosas, gaseosas, acústicas, luminosas o sólidas) que, en su caso, producirá la actuación. Medidas relativas a la prevención, reducción y gestión de las mismas.
- En su caso, descripción sucinta del proceso de tratamiento y sistema de evacuación o conducción de los vertidos de aguas residuales y emisiones a la atmósfera. Diagrama de flujo de los mismos.
- De los residuos: procedencia, cantidad, composición y caracterización con su código correspondiente.
- En su caso, planos de instalación del alumbrado. Características técnicas de los equipos de iluminación y justificación de los niveles de los parámetros luminotécnicos en las instalaciones proyectadas.
- En su caso, estudio acústico relativo al cumplimiento durante la fase de funcionamiento de las normas de calidad y prevención establecidas en materia de contaminación acústica.
- En su caso, las principales alternativas estudiadas por el solicitante.
- Todo aquello que se considere necesario para una adecuada comprensión del alcance de la actuación.
Para proyectos de tratamiento y gestión de residuos (Categoría 11 Anexo I):
- Solicitud de gestor de residuos o de ampliación de su gestión.
- Actividades tratamiento, valorización, y/o eliminación que vaya a desarrollar en las instalaciones. Identificación de los residuos objeto de dichas actividades con asignación de los correspondientes Códigos LER.
- Memoria elaborada por técnico competente en la que se refleje los procesos a los que vayan a ser sometidos los residuos y que comprenderá: la capacidad de procesamiento para cada tipo de residuo en toneladas/año y un estudio descriptivo de las soluciones utilizadas en las diferentes instalaciones y procesos; de la obra civil; de los equipos; del laboratorio; de los servicios auxiliares y de cuantos otros aspectos se consideren de interés. Además deberá contener justificaciones técnicas y económicas relativas a la tecnología adoptada y como anexos lo siguiente:
- Justificación del conjunto de las dimensiones de la instalación, su proceso y otros elementos.
- Soluciones o variantes adoptadas para futuras ampliaciones con justificación de que su implantación no supondrá obstrucción en el funcionamiento de la primera instalación.
- Sistema de toma de muestras.
- Esquema funcional de la instalación. Balances de materias y energía.
- Descripción y diagramas de principio de las instalaciones generales, tales como suministro y evacuación de aguas, generación de calor, abastecimiento de energía, alimentación de receptores, etcétera.
- Seguridad e higiene en las instalaciones.
- Plan de Obras.
- Descripción de pruebas, ensayos y análisis de reconocimiento y funcionamiento.
- Normativa aplicable.
- Planos de las obras e instalaciones que incluirán plano de situación y de conjunto.
- Proyecto de explotación que constará de los siguientes documentos:
- Esquema general de los procesos de tratamiento y eliminación.-
- Relación de equipos, aparatos y mobiliario a instalar en las diferentes líneas de proceso.
- Relación de personal técnico, administrativo y operarios, con indicación de sus categorías y especialidades, que van a ser dedicados al servicio de la instalación. El solicitante deberá especificar el personal que se compromete a tener en las instalaciones para atender y cumplir todas las obligaciones derivadas de la actividad. Al frente del personal, y para todas las relaciones con los Servicios de la Administración, se hallará un titulado superior especializado.
- Descripción y justificación de la forma de llevar la explotación de la instalación. Se indicarán las operaciones que sean rutinarias y aquellas que se consideren especiales o para circunstancias extraordinarias.
- Se indicará número de personas en cada una de las operaciones y cuantos datos sean necesarios para el mejor conocimiento del sistema de operación.
- Régimen de utilización del servicio por los usuarios y de las particularidades técnicas que resulten precisas para su definición.
- Descripción y justificación de la forma de llevar a cabo el mantenimiento, preventivo y correctivo, así como la conservación de los elementos de la instalación.
- Descripción y justificación de las medidas de control, detección y corrección de la posible contaminación, como consecuencia de avería, accidente, etc.
- Avance Manual de Funcionamiento de Explotación del Servicio, que incluya:
* Características de las instalaciones.
* Conservación general.
* Manipulación de residuos peligrosos.
* Medidas de seguridad.
* Mantenimiento preventivo.
* Gestión de «stock» de residuos.
* Régimen de inspecciones y controles sistemáticos.
- En su caso, descripción sucinta del proceso de tratamiento y sistema de evacuación o conducción de los vertidos de aguas residuales y emisiones a la atmósfera. Diagrama de flujo de los mismos.
- Planos de instalación del alumbrado. Características técnicas de los equipos de iluminación y justificación de los niveles de los parámetros luminotécnicos en las instalaciones proyectadas.
- Relación de los trabajos de mantenimiento y explotación realizados en instalaciones industriales.
- En su caso, relación de experiencia en trabajos realizados relacionados con residuos peligrosos y certificado del cumplimiento de las exigencias recogidas en la legislación vigente sobre protección relativa a los planes de emergencia previstos en la Ley 20/1986, Básica de Residuos Tóxicos y Peligrosos.
- Texto Original. Publicado el 11-08-2010 en vigor desde 12-08-2010