Anexo 4 Sustancias y preparados medicinales psicotrópicos: fabricación, distribución, prescripción y dispensación
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»ANEXO 4. Modelo de parte anual de Sustancias Psicotrópicas que deberán remitir a la Dirección General de Sanidad los fabricantes y Laboratorios de acuerdo con el artículo 9 y 11.3 del presente Decreto
Vigente
(Modelo de parte anual de Sustancias Psicotrópicas que deberán remitir a la Dirección General de Sanidad los fabricantes y Laboratorios de acuerdo con el artículo 9 y 11.3 del presente Decreto)
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 16-11-1977 en vigor desde 06-12-1977