Anexo 4 Seguridad de los juguetes

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ANEXO IV. Expediente del producto

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El expediente del producto mencionado en el artículo 20 incluirá, en particular, si es pertinente para la evaluación:

a) una descripción detallada del diseño y de la fabricación, incluidas la lista de los componentes y materiales utilizados en el juguete y las fichas de datos de seguridad sobre las sustancias químicas utilizadas que se pedirán a los proveedores de las sustancias químicas;

b) las evaluaciones de seguridad realizadas de acuerdo con el artículo 17;

c) una descripción del procedimiento de evaluación de la conformidad aplicado;

d) una copia de la declaración CE de conformidad;

e) la dirección de los lugares de fabricación y de almacenamiento;

f) copias de los documentos que el fabricante haya presentado a un organismo notificado si ha participado en el proceso;

g) los informes de ensayo y la descripción de los medios por los que el fabricante garantiza la conformidad de la producción con las normas armonizadas si ha aplicado el procedimiento de control interno de la producción mencionado en el artículo 18.2; y

h) una copia del certificado de examen CE de tipo, una descripción de los medios por los que el fabricante garantiza la conformidad de la producción con el tipo de producto tal como se describe en el certificado de examen CE de tipo y las copias de los documentos que el fabricante presentó al organismo notificado, si presentó el juguete al examen CE de tipo y cumplió con el procedimiento de conformidad con el tipo de conformidad con el artículo 18.3.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-08-2011 en vigor desde 01-09-2011