Anexo 4 Normas de homologación de cursos de formación y de acreditación de entidades de formación, de cuidadores y manipuladores de animales, de adiestradores de animales de compañía y de animales potencialmente peligrosos
ANEXO IV. PROGRAMAS DEL MÓDULO DE ACTIVIDADES ESPECÍFICAS
I. PROGRAMA PARA CONDUCTORES Y RESPONSABLES DEL TRANSPORTE DE GANADO
1.- La protección de los animales durante su transporte en los países de la Unión Europea y del Consejo de Europa. Normativa de aplicación.
2.- Condiciones generales del transporte de animales.
3.- Fisiología animal, y en particular necesidades de alimentación y agua; comportamiento animal; concepto de estrés. Aptitud para el transporte de los animales.
4.- Tiempos de viaje y descansos. Aspectos prácticos del manejo de animales.
5.- Prácticas durante el transporte: carga, descarga, instalaciones, manejo. Densidades de carga.
6.- Cuidado de urgencia para animales. Planes de contingencia durante el transporte. Sacrificio de emergencia.
7.- Documentos necesarios para desplazar los animales. Identificación animal.
8.- Medios de transporte: características.
9.- Transporte por agua, en ferrocarril y por avión.
10.-Planificación adicional para viajes largos. Cuaderno de a bordo u hoja de ruta.
11.- Impacto de la conducción en el comportamiento y bienestar de los animales transportados y en la calidad de la carne.
12.- Consideraciones de seguridad para el personal que maneja los animales.
13.- Limpieza y desinfección de vehículos.
14.- Talleres de trabajo sobre casos prácticos.
II. PROGRAMA DEL MÓDULO ESPECÍFICO PARA OPERARIOS DE MATADERO
1.- Legislación específica sobre protección de los animales en el momento de su sacrificio o matanza. Aspectos sociales.
2.- Prácticas de transporte. Descarga, manejo y traslado de los animales. Importancia económica del transporte, descarga y manipulación de los animales en la calidad de la canal.
3.- Alojamientos, instalaciones, cuidados, suministro de alimentos y agua. Traslado a sacrificio. Comportamiento animal y seguridad laboral.
4.- Métodos de aturdimiento e instrumental. Mantenimiento de los equipos de aturdimiento. Sacrificio, sacrificio de urgencia, sacrificio de erradicación de enfermedades, sacrificios ritos religiosos.
5.- Talleres de trabajo sobre casos prácticos.
III. PROGRAMA PARA PERSONAL QUE TRABAJE EN INSTALACIONES AUTORIZADAS COMO NÚCLEOS ZOOLÓGICOS.
1.-El contenido del programa, que podrá adecuarse al tipo de núcleo zoológico, comprenderá:
1.1.-Núcleos zoológicos: legislación. Ordenanzas municipales.
1.2- Animales de compañía. Alojamientos, alimentación y vacunaciones.
1.3.-Especies protegidas. Convenio CITES.
1.4.-Alojamiento, alimentación y manejo de especies exóticas
1.5.-Identificación animal. Comercio y transporte de animales: condiciones, documentación, limpieza y desinfección de vehículos.
1.6.-Captura, inmovilización, transporte y manutención de animales silvestres o abandonados.
1.7.-Talleres de trabajo sobre casos prácticos.
2.-En el caso de titulares o personal de núcleos zoológicos que únicamente alberguen perros de caza o de guarda, el contenido del programa excluirá los apartados 1.3, 1.4 y 1.6, de forma que la duración mínima del programa conjunto del curso para dicha actividad sea de 8 horas.
IV. PROGRAMA PARA ADIESTRADORES DE ANIMALES DE COMPAÑÍA Y DE ANIMALES POTENCIALMENTE PELIGROSOS.
1.-Contenido teórico:
1.1.-Etología y adiestramiento canino.
1.2.-Legislación básica. Ley 50/1999, de 23 de diciembre, y Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo, Ley 11/2003, de 19 de marzo y Decreto 181/2009, de 20 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se regulan los núcleos zoológicos en la Comunidad Autónoma de Aragón.
1.3.-Razas caninas. Desarrollo de la conducta y comunicación.
1.4.-Fisiología y genética de la conducta. Conducta alimentaria, sexual, maternal y social.
1.5.-Principios de aprendizaje. Técnicas de adiestramiento y de modificación de la conducta.
1.6.-Agresividad canina y otros problemas de comportamiento. Educación canina.
1.7.-Bienestar animal. Alojamiento y manejo de perros, situación de estrés y comportamientos estereotipados.
1.8.-Medidas de prevención y de seguridad. Aspectos legales del adiestramiento.
2.-Contenido práctico (duración mínima de 180 horas): Obediencia básica y avanzada. Modificación de conductas. Perros de utilidad, de asistencia y de terapia. Deportes caninos.
- Modificación realizada (Anexo IV (epígrafe IV, se suprime pasando a ser sustituido en su numeración por el anterior epígrafe V)) por DECRETO 141/2017, de 5 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se modifica el decreto 239/2008, de 16 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se establecen las normas de homologación de los cursos de formación y las de acreditación de las entidades de formación, de los cuidadores y manipuladores de animales, de los adiestradores de los animales de compañía y de los animales potencialmente peligrosos.
(BOA de 14-09-2017) en vigor desde 15-09-2017 - Artículo modificado por ORDEN de 12 de julio de 2011, del Consejero de Agricultura y Alimentación, por la que se modifican determinados anexos del Decreto 239/2008, de 16 de diciembre, del Go bierno de Aragón, por el que se establecen las normas de homologación de los cursos de formación y las de acreditación de las entidades de formación, de los cuidadores y manipuladores de animales, de los adiestradores de los animales de compañía y de los animales potencialmente peligrosos
(BOA de 20-07-2011) en vigor desde 21-07-2011