Anexo 4 -AEPD- Modelos de presentación de reclamaciones
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ANEXO CUARTO. Modelo específico de reclamación por la instalación de dispositivos de videovigilancia

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Se incluirá toda la información detallada en los subapartados a) al k) del modelo del anexo primero.

Se incluirá necesariamente, en el subapartado j), la siguiente información adicional y documentación.

1. Identificación del domicilio completo (calle, número, municipio) donde se encuentren los dispositivos de videovigilancia y de su presunto responsable.

2. Documentos gráficos recientes, debidamente fechados, que permitan apreciar que los dispositivos afectados están actualmente en funcionamiento, sus características y su ubicación concreta, así como determinar indiciariamente el alcance de captación de imágenes en zonas de tránsito habitual de la persona reclamante, particularmente en la vía pública y/o en su propio domicilio. Se aportarán indicios racionales de la existencia de la infracción, que podrán consistir en una evidencia de que la imagen identificable de la persona reclamante ha sido captada por los dispositivos de videovigilancia.

3. Cuando en la instalación de videovigilancia reclamada no se haya colocado un dispositivo informativo, en lugar suficientemente visible, que identifique la existencia del tratamiento, la identidad del responsable y la posibilidad de ejercitar los derechos previstos en los artículos 15 a 22 del Reglamento (UE) 2016/679 o que incluya un código de conexión o dirección de internet a esta información, se deberán acompañar documentos gráficos recientes, debidamente fechados, que permitan confirmar su ausencia en el entorno de la instalación.

4. Cuando los dispositivos de videovigilancia se hayan instalado por una persona particular en su propiedad, se acompañarán documentos debidamente fechados que permitan verificar que, por su orientación, las cámaras son susceptibles de captar un espacio suficientemente significativo que exceda los límites de esa propiedad y que, por tanto, pueden realizar tratamientos relevantes de datos de la persona reclamante obtenidos de la vía pública o de su propiedad.

5. Cuando los dispositivos se hayan instalado en una comunidad de propietarios se acompañará copia, en su caso, del acuerdo de la Junta de Propietarios y de los documentos dimanantes de las reuniones mantenidas por la Junta, en las que se haya abordado el asunto y hayan existido interpelaciones sobre la legalidad del sistema. Se acompañarán, asimismo, copia de las reclamaciones planteadas al respecto ante los órganos de representación o ante la Administración de la finca, acreditando su recepción y las respuestas obtenidas.

6. Cuando los dispositivos se hayan instalado en el lugar de trabajo, se acompañará copia del documento que, en su caso, haya sido facilitado a los trabajadores de la empresa o a sus representantes sindicales informando de la política de control laboral a través de estos dispositivos. Se acompañarán asimismo las pruebas documentales de que se disponga sobre el tratamiento de los datos de la persona reclamante captados por los dispositivos. Igualmente, el reclamante hará constar si en base a dichos tratamientos de datos se ha producido algún expediente sancionador/disciplinario o despido, del propio reclamante o de un tercero, y referencia de los mismos.