Anexo 3 residuos y suelos contaminados para el fomento de la economía circular
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ANEXO III. Sistemas de gestión de envases reutilizables industriales y comerciales

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1. La Comunitat Valenciana ha de fomentar sistemas de gestión de envases reutilizables industriales y comerciales, ya sean primarios, secundarios o terciarios, en los términos previstos en el artículo 32.8 de esta ley, antes de que su constitución sea obligatoria, de conformidad con las directivas de la Unión Europea.

2. Los propietarios y proveedores de servicios de envases reutilizables industriales y comerciales, ya sean primarios, secundarios o terciarios, se consideran operadores de la preparación para la reutilización y se pueden constituir como sistemas de gestión de envases reutilizables.

3. Los sistemas de gestión de envases reutilizables están obligados a comunicar a la Agencia Valenciana de Residuos y Economía Circular, la cantidad de envases reutilizables que se comercializan por primera vez al año, el peso y el número de rotaciones que efectúa el envase por cada año.

4. El operador del sistema de gestión de envases reutilizables, ya sea colectivo o individual, es el responsable de enviar los envases industriales y comerciales reutilizables a los envasadores, distribuidores y comerciantes, recogerlos en los puntos de distribución comercial y, finalmente, repararlos, prepararlos para reutilizarlos y reintroducirlos en el circuito de distribución de mercancías.

5. Se ha de crear un registro público de los sistemas de gestión de este tipo de envases reutilizables industriales y comerciales reutilizables, donde se registren los operadores, los cuales están obligados a comunicar con antelación el inicio de las actividades.

6. Los sistemas han de informar a la Agencia Valenciana de Residuos y Economía Circular del número de envases industriales y comerciales reutilizables en circulación en la Comunitat Valenciana que sean de su propiedad o estén acogidos, los nuevos envases introducidos en el mercado, y el número medio de rotaciones anuales y la cantidad de peso estimado de material recuperado para su preparación para la reutilización, a efectos del cálculo estadístico y cumplir los objetivos en términos de jerarquía de residuos.

7. Cada sistema de gestión de envases reutilizables está obligado a marcar los envases industriales y comerciales reutilizables con sus signos distintivos que acrediten la pertenencia a este y su título legal, y pueden ser la marca o signo distintivo del propietario y proveedor del envase. Es preceptiva la comunicación a la Agencia Valenciana de Residuos y Economía Circular.

8. Los propietarios y proveedores de servicios de envases reutilizables industriales y comerciales, ya sean primarios, secundarios o terciarios, como operadores de la preparación para la reutilización que son, una vez se integran o se constituyen en sistemas de gestión de envases reutilizables, están exentos de contribuciones económicas a sistemas colectivos de responsabilidad ampliada del productor respecto a estos envases industriales y comerciales reutilizables.

9. La constitución de sistemas de gestión de envases reutilizables industriales y comerciales debe garantizar un periodo transitorio para que sea adecuada, abierta, transparente y no discriminatoria su implantación y asegure la competencia y la aceptación por parte de los agentes económicos involucrados.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 01-12-2022 en vigor desde 21-12-2022