Anexo 3 Régimen Jurídico de las Viviendas con Protección Pública
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»ANEXO III. ADJUDICACION DE VIVIENDAS CON PROTECCIÓN PUBLICA EN CASTILLA-LA MANCHA.
Vigente
BAREMO DE PUNTUACION
A. NECESIDAD DE VIVIENDA: | PUNTOS |
1. NECESIDAD DE VIVIENDA POR DEFICIENTES CONDICIONES DE HABITABILIDAD O SUPERFICIE INADECUADA: | |
1. Chabola, cueva, caseta o construcciones similares | 75 |
2. Viviendas cuya reparación importaría: | |
a) El 75 % o más del valor de la vivienda | 75 |
b) Más del 50 % y menos del 75 % del valor de la vivienda | 50 |
3. Superficie útil inferior a: | |
a) Inferior a 10 metros cuadrados por persona | 50 |
b) Inferior a 30 metros cuadrados totales ó 15 metros cuadrados por persona | 10 |
2. NECESIDAD DE VIVIENDA POR CARECER DE LA MISMA EN PROPIEDAD, ARRENDAMIENTO O USUFRUCTO: | |
1. Alojamiento en establecimientos o viviendas de acogida o beneficencia | 75 |
2. Alojamiento en cuartos alquilados, subarrendados o en hospedaje: | |
a) Con cargas familiares | 50 |
b) Sin cargas familiares | 25 |
3. Alojamiento en convivencia con otros familiares: | |
a) Con cargas familiares | 50 |
b) Sin cargas familiares | 25 |
4. Alojamiento en vivienda cedida en precario | 25 |
3. NECESIDAD DE VIVIENDA POR EXPROPIACION, DESAHUCIO O PROVISIONALIDAD: | |
1. Habitar una vivienda sujeta a expediente de expropiación | 65 |
2. Habitar una vivienda sujeta a expediente de desahucio | 50 |
3. Habitar en alojamientos provisionales por razones de emergencia: | 60 |
4. NECESIDAD DE VIVIENDA POR CIRCUNSTANCIAS DEL ARRENDAMIENTO: | |
1. Habitar una vivienda de alquiler cuya renta supere: | |
a) El 40 % de los ingresos familiares corregidos | 60 |
b) El 20 % y sea igual o inferior al 40 % de los ingresos familiares corregidos | 50 |
2. Viviendas con protección pública sin opción de compra | 10 |
Las circunstancias de este apartado A son incompatibles entre sí, puntuándose únicamente por la más beneficiosa de aquellas en las que pudiera encuadrarse el solicitante. | |
B. CIRCUNSTANCIAS SOCIOECONÓMICAS DEL NÚCLEO FAMILIAR: | PUNTOS |
1. COMPOSICIÓN FAMILIAR: | |
Por cada miembro del núcleo familiar | 10 |
Por familia numerosa | 10 |
2. CIRCUNSTANCIAS PERSONALES: | |
- Por cada año de residencia ininterrumpida, acreditada en el municipio afectado por la promoción, con un mínimo de 2 y un máximo de 10 años | 10 |
- Núcleos familiares integrados en el grupo de reserva de viviendas para jóvenes | 10 |
- Núcleos familiares en los que algunos de sus miembros sean jóvenes tutelados por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (sólo en promociones cedidas en alquiler) | 20 |
- Cabeza de familia con cargas familiares no compartidas | 20 |
- Víctima de violencia doméstica: | |
a) Sin residencia mínima en el municipio | 40 |
b) Con residencia mínima en el municipio | 20 |
- Núcleos familiares en los cuales alguna persona esté afectada por minusvalías | |
a) Con grado de minusvalía superior al 70 % | 20 |
b) Con grado de minusvalía comprendido entre el 33 % y el 70 % | 10 |
3. CIRCUNSTANCIAS ECONÓMICAS: | |
Ingresos Familiares | |
Menos de 0,75 veces SMIG | Excluido |
De 0,75 a 1,00 vez el SMIG | 50 |
De más de 1,00 a 1,50 veces SMIG | 40 |
De más de 1,50 a 2,00 veces SMIG | 25 |
De más de 2,00 a 2,50 veces SMIG | 10 |
Más de 2,50 veces SMIG | Excluido |
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 23-01-2004 en vigor desde 12-02-2004