Anexo 3 Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono
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»ANEXO III. Terceros países y territorios no incluidos en el ámbito de aplicación del presente Reglamento a los efectos del artículo 2
Vigente
1. TERCEROS PAÍSES Y TERRITORIOS NO INCLUIDOS EN EL ÁMBITO DE APLICACIÓN DEL PRESENTE REGLAMENTO
El presente Reglamento no se aplicará a las mercancías originarias de los siguientes países:
- Islandia
- Liechtenstein
- Noruega
- Suiza
El presente Reglamento no se aplicará a las mercancías originarias de los siguientes territorios:
- Büsingen
- Isla de Helgoland
- Livigno
- Ceuta
- Melilla
2. TERCEROS PAÍSES Y TERRITORIOS NO INCLUIDOS EN EL ÁMBITO DE APLICACIÓN DEL PRESENTE REGLAMENTO POR LO QUE RESPECTA A LA IMPORTACIÓN DE ELECTRICIDAD EN EL TERRITORIO ADUANERO DE LA UNIÓN
[La Comisión añadirá o retirará terceros países y territorios con arreglo al artículo 2, apartado 11.]