Anexo 3 Investigación de accidentes e incidentes marítimos
ANEXO III. Documento acreditativo de los investigadores de campo
La tarjeta de identidad de los investigadores de campo que deberá incluir una traducción al idioma inglés, tendrá el siguiente contenido:
1. Referencia a que aquélla se expide por la Secretaría General de Transportes del Ministerio de Fomento del Estado español.
2. Nombre, apellidos y fotografía reciente de su titular.
3. Indicación de ser personal e intransferible.
4. Firma del titular de la tarjeta de identidad.
5. Declaración en la que se indique que el titular del documento está autorizado para realizar la investigación de accidentes e incidentes marítimos, a que se refiere el artículo 12 del Real Decreto ……/2011, de ……, por el que se regula la investigación de los accidentes e incidentes marítimos y la Comisión Permanente de investigación de accidentes e incidentes marítimos.
- Texto Original. Publicado el 11-06-2011 en vigor desde 17-06-2011