Anexo 3 Centros de limpie...ales vivos

Anexo 3 Centros de limpieza y desinfección de los vehículos dedicados al transporte por carretera de animales vivos

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ANEXO III. Datos mínimos que debe incluir la grabación en el RECELIDE del proceso de limpieza y desinfección de vehículos de transporte por carretera de animales, productos para la alimentación animal y subproductos no destinados al consumo humano

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a) Localización del centro de limpieza y desinfección (comunidad autónoma, provincia y municipio).

b) Número de registro de inscripción del centro.

c) Matrícula del vehículo (incluida, en su caso, la del remolque) o, en su defecto, número de bastidor. Si el bastidor no identifica de forma única al medio vehículo, se identificará con el código de autorización del transportista, que en el caso de vehículos para el transporte de animales vivos será un código formado por el código de autorización del transportista al que se añade un código final secuencial de tres dígitos según lo establecido en el Real Decreto 542/2016, de 25 de noviembre, sobre normas de sanidad y protección animal durante el transporte.

d) Nombre, apellidos, y DNI, NIE o, en caso de que el conductor del vehículo carezca de ambos, número de pasaporte.

e) Biocida de uso ganadero o tratamiento desinfectante alternativo autorizado utilizado.

f) Número de precinto.

g) Fecha y hora de inicio de las tareas de limpieza y desinfección.

h) Fecha y hora de finalización de las tareas de limpieza y desinfección.

i) Firma de la persona responsable técnica del centro, en su caso, aplicador de biocidas (incluido el nombre y apellidos), certificando que, en la fecha y hora indicadas se ha procedido en el citado centro a la limpieza y desinfección del vehículo, así como a la colocación del precinto o precintos sobre las puertas o elementos de acceso de los animales, productos para la alimentación animal o subproductos, a la estructura de carga del vehículo.

j) Lugar, fecha y firma.

(NOTA: Hay que tener en cuenta que se establece el plazo de un año para que los sistemas informáticos de los centros de limpieza y desinfección permitan la transmisión de los datos del presente anexo al Registro Nacional de Centros de Limpieza y Desinfección (RECELIDE), finalizando dicho plazo el 14 de abril de 2024)