Anexo 3 Cambio climático
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»ANEXO III. Productos sometidos a evaluación de la huella de carbono
Vigente
Los productos sometidos a evaluación de la huella de carbono según lo establecido por el artículo 56 son:
a) Productos y materiales para la construcción comercializados en Cataluña.
b) Productos industriales finales comercializados en Cataluña.
Por tanto, ordeno que todos los ciudadanos a los que sea de aplicación esta Ley cooperen en su cumplimiento y que los tribunales y autoridades a los que corresponda la hagan cumplir.
Palacio de la Generalidad, 1 de agosto de 2017
Carles Puigdemont i Casamajó
Presidente de la Generalidad de Cataluña
Josep Rull i Andreu
Consejero de Territorio y Sostenibilidad
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 03-08-2017 en vigor desde 23-08-2017