Anexo 23 Medidas del programa de apoyo 2019-2023 al sector vitivinícola
ANEXO XXIII
Parte A) Lista provisional
Lista provisional de operaciones seleccionadas | Puntuación | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Comunidad Autónoma: | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Código de solicitud | NIF/NIE | Nombre y apellidos o razón social del beneficiario | Tipo de beneficiario | Inversión primer ejercicio | Inversión segundo ejercicio | ||||||||||||||||||||||||||||||||
Parte B) Otros cambios menores
Se entenderán como otros cambios menores los siguientes:
1. Cambio de marca o de proveedor de una máquina o instalación, siempre y cuando se mantengan o mejoren sus características técnicas considerando aspectos como rendimiento, consumos energéticos y mantenimiento.
2. Cambio en el número de barricas, siempre y cuando se mantenga la capacidad total y sus características de acuerdo con la tipología prevista en el epígrafe V del anexo XIX.
Estos cambios menores podrán ser efectuados sin aprobación previa, no obstante, el importe de inversión considerado subvencionable para estos conceptos nunca podrá ser superior al previsto en la concesión de subvención.
Parte C) Estimación pagos pendientes
Comunidad autónoma | Estimación pagos FEAGA año en curso | Estimación pagos FEAGA año siguiente | |
Convocatoria "X" | Convocatoria "Y" | Convocatoria "Y" |
- Artículo modificado por Real Decreto 558/2020, de 9 de junio, por el que se modifican distintos reales decretos que establecen normativa básica de desarrollo de reglamentos de la Unión Europea en materia de frutas y hortalizas y vitivinicultura.
(BOE de 10-06-2020) en vigor desde 11-06-2020