Anexo 2 Sistema de inform... agrícolas

Anexo 2 Sistema de información de explotaciones agrícolas y ganaderas y de la producción agraria, y Registro autonómico y Cuaderno digital de explotaciones agrícolas

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ANEXO II. Contenido mínimo del Cuaderno Digital de Explotación Agrícola

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1. Datos generales del cultivo en cada parcela agrícola. La autoridad competente incluirá estos datos a partir de los datos del REA, y establecerá los mecanismos tecnológicos necesarios para asegurar una sincronización entre ambas fuentes de información. El titular de la explotación podrá agrupar sus DGC en Unidades Homogéneas de Cultivo (UHC) sobre las que se realicen las mismas prácticas de cultivo, a efectos de facilitar la cumplimentación de los apartados siguientes.

2. Tratamientos fitosanitarios. Para las actuaciones fitosanitarias se grabará para cada UHC la información conforme al anexo III del Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios.

3. Fertilización. Para cada UHC se registrará lo que indique la normativa sectorial respecto a la nutrición sostenible en los suelos agrarios

4. Otros aspectos que se recojan en la respectiva normativa sectorial reguladora de la concreta actividad.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 29-12-2022 en vigor desde 01-07-2023