Anexo 2 Productos sanitar...o in vitro

Anexo 2 Productos sanitarios para diagnóstico in vitro

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ANEXO II. DOCUMENTACIÓN TÉCNICA

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La documentación técnica, y en su caso su resumen, que debe elaborar el fabricante, se presentará de forma clara, organizada, fácil de buscar e inequívoca, e incluirá, en particular, los elementos enumerados en el presente anexo.

1. DESCRIPCIÓN Y ESPECIFICACIONES DEL PRODUCTO, INCLUIDAS LAS VARIANTES Y LOS ACCESORIOS

1.1. Descripción y especificaciones del producto

a) la denominación o el nombre comercial y la descripción general del producto, incluidos su finalidad prevista y los usuarios previstos;

b) el UDI-DI básico a que se refiere el anexo VI, parte C, asignado por el fabricante al producto en cuestión, en cuanto la identificación del producto pase a basarse en un sistema UDI o, si no, una identificación clara mediante un código del producto, un número de catálogo u otra referencia inequívoca que permita la trazabilidad;

c) la finalidad prevista del producto, que puede incluir información sobre:

i) lo que se detecta o mide,

ii) su función, como el cribado, el seguimiento, el diagnóstico o que sirva de ayuda al diagnóstico, pronóstico, predicción, pruebas diagnósticas para selección terapéutica,

iii) la afección, enfermedad o factor de riesgo específico que pretende detectar, definir o diferenciar,

iv) si está automatizado o no,

v) si es cualitativo, semicuantitativo o cuantitativo,

vi) el tipo de muestras que necesita,

vii) en su caso, la población destinataria de las pruebas,

viii) el usuario previsto,

ix) además, en el caso de las pruebas diagnósticas para selección terapéutica, la población destinataria pertinente y el o los medicamentos correspondientes;

d) la descripción del principio del método de ensayo o los principios de funcionamiento del instrumento;

e) las razones por las que el producto se clasifica como producto sanitario;

f) la clase de riesgo del producto y la justificación de la o las reglas de clasificación aplicables de conformidad con el anexo VIII;

g) la descripción de los componentes y, en su caso, la descripción de los ingredientes reactivos de los componentes pertinentes, tales como anticuerpos, antígenos, cebadores de ácidos nucleicos;

y, en su caso, una descripción de lo siguiente:

h) el material de recogida y transporte de muestras suministrado con el producto, o instrucciones de uso recomendadas;

i) para instrumentos de análisis automatizados: las características específicas del ensayo o de ensayos concretos;

j) para análisis automatizados: las características específicas del instrumental o de instrumentos concretos;

k) los programas informáticos que vayan a ser utilizados con el producto;

l) una descripción o lista completa de las distintas configuraciones o variantes del producto que se tenga intención de comercializar;

m) una descripción de los accesorios de un producto, de otros productos y de otros artículos que no se consideren productos, que estén destinados a utilizarse en combinación con el producto.

1.2. Referencia a generaciones anteriores y similares del producto

a) compendio de la anterior generación o generaciones del producto producidas por el fabricante, en caso de que tales productos existan;

b) compendio de los productos similares identificados y comercializados en la Unión o en mercados internacionales, en caso de que tales productos existan.

2. INFORMACIÓN QUE HA DE PROPORCIONAR EL FABRICANTE

Un conjunto completo de:

a) la etiqueta o las etiquetas colocadas en el producto y en su embalaje, como, por ejemplo, envase de una sola unidad, embalaje para ventas, embalaje para transporte en caso de condiciones de manejo específicas, en las lenguas aceptadas en los Estados miembros en que esté previsto vender el producto;

b) instrucciones de uso en las lenguas aceptadas en los Estados miembros en que esté previsto vender el producto.

3. INFORMACIÓN SOBRE DISEÑO Y FABRICACIÓN

3.1. Información sobre el diseño

La información que permita comprender las etapas de diseño aplicadas al producto deberá incluir:

a) una descripción de los componentes críticos del producto: anticuerpos, antígenos, enzimas y cebadores de ácidos nucleicos suministrados o recomendados para ser utilizados con el producto;

b) una descripción de los principales subsistemas, tecnología analítica, tales como los principios operativos y mecanismos de control, el soporte físico informático y los programas informáticos de los instrumentos;

c) una descripción general de todo el sistema de instrumentos y programas informáticos;

d) una metodología de interpretación de los datos, esto es el algoritmo, de los programas informáticos;

e) una descripción de los aspectos del diseño de productos para autodiagnóstico o para pruebas diagnósticas en el lugar de asistencia al paciente que los hacen adecuados a tales fines.

3.2. Información de fabricación

a) Información que permita comprender los procesos de fabricación, como la producción, montaje, ensayo y embalaje del producto final. Se proporcionará información más detallada para la auditoría del sistema de gestión de la calidad u otros procedimientos de evaluación de la conformidad aplicables;

b) identificación de todos los lugares, incluidos los de proveedores y subcontratistas, donde se lleven a cabo las actividades de fabricación.

4. REQUISITOS GENERALES DE SEGURIDAD Y FUNCIONAMIENTO

La documentación incluirá información a efectos de la demostración de la conformidad con los requisitos generales de seguridad y funcionamiento que figuran en el anexo I que sean aplicables al producto, teniendo en cuenta su finalidad prevista, e incluirá la justificación, validación y verificación de las soluciones adoptadas para cumplir con esos requisitos. La demostración de la conformidad incluirá asimismo:

a) los requisitos generales de seguridad y funcionamiento que se aplican al producto y una explicación de por qué otros no se aplican;

b) el método o los métodos utilizados para demostrar el cumplimiento de cada uno de los requisitos generales de seguridad y funcionamiento aplicables;

c) las normas armonizadas, especificaciones comunes u otras soluciones aplicadas;

d) la identidad exacta de los documentos controlados que demuestren la conformidad con cada norma armonizada, especificaciones comunes u otro método aplicado para demostrar el cumplimiento de los requisitos generales de seguridad y funcionamiento. La información a que se refiere la presente letra incluirá una referencia cruzada a la localización de dicha demostración en la documentación técnica completa y, en su caso, en el resumen de la documentación técnica.

5. ANÁLISIS DE LA RELACIÓN BENEFICIO-RIESGO Y GESTIÓN DE RIESGOS

La documentación incluirá información sobre lo siguiente:

a) el análisis de la relación beneficio-riesgo a que se refiere el anexo I, secciones 1 y 8, y

b) las soluciones adoptadas y los resultados de la gestión de riesgos a que se refiere el anexo I, sección 3.

6. VERIFICACIÓN Y VALIDACIÓN DE LOS PRODUCTOS

La documentación incluirá los resultados y análisis críticos de todas las verificaciones y ensayos o estudios de validación realizados para demostrar la conformidad del producto con los requisitos del presente Reglamento y, en particular, el cumplimiento de los requisitos generales de seguridad y funcionamiento.

Esto incluye:

6.1. Información sobre el funcionamiento analítico del producto

6.1.1. Tipo de muestra

En esta sección se describirán los distintos tipos de muestra que pueden analizarse, incluida su estabilidad, como su almacenamiento, en su caso las condiciones de su transporte y, para métodos de análisis en los que el tiempo es un factor crítico, información sobre el período de tiempo entre la toma de la muestra y su análisis, así como sus condiciones de almacenamiento, como duración, límites de temperatura y ciclos de congelación y descongelación.

6.1.2. Características del funcionamiento analítico

6.1.2.1. Exactitud de las mediciones

a) Veracidad de la medición

En esta sección se presentará la veracidad del procedimiento de medición y se resumirán los datos con suficiente detalle para permitir evaluar la adecuación de los medios elegidos para establecer la veracidad. La medición de la veracidad se aplica tanto a los análisis cuantitativos como a los cualitativos únicamente cuando existe un material de referencia certificado o un método de referencia certificado.

b) Precisión de la medición

En esta sección se describirán los estudios de repetibilidad y de reproducibilidad.

6.1.2.2. Sensibilidad analítica

En esta sección se presentarán el diseño del estudio y sus resultados. Se describirá el tipo de muestra y su preparación, con inclusión de la matriz, de los niveles de analito y de cómo se establecieron dichos niveles. Se indicará el número de muestras analizadas para cada concentración, y el cálculo mediante el que se determina la sensibilidad del ensayo.

6.1.2.3. Especificidad analítica

En esta sección se describirán los estudios de interferencias y de reactividad cruzada para determinar la especificidad analítica en presencia de otras sustancias o agentes en la muestra.

Se proporcionará información sobre la evaluación de las sustancias o agentes presentes que pueden interferir o causar reacciones cruzadas en el ensayo, el tipo de sustancia analizada o agente y su concentración, el tipo de muestra, la concentración del analito en el ensayo y los resultados.

Las sustancias o agentes que pueden interferir o causar reacciones cruzadas, las cuales varían mucho en función del tipo y el diseño del ensayo, pueden tener fuentes exógenas o endógenas tales como:

a) sustancias utilizadas para el tratamiento del paciente, como medicamentos;

b) sustancias que ingiere el paciente, como alcohol o alimentos;

c) sustancias añadidas durante la preparación de la muestra, como conservantes o estabilizadores);

d) sustancias que se encuentran en determinados tipos de muestra, como hemoglobina, lípidos, bilirrubina o proteínas;

e) analitos de estructura similar, como precursores o metabolitos, o afecciones sin relación con la que se está estudiando, incluidas muestras que dan resultado negativo para el ensayo, pero positivo para una afección que puede parecerse a la estudiada.

6.1.2.4. Trazabilidad metrológica de los valores de calibradores y de material de control

6.1.2.5. Intervalo de medición del ensayo

En esta sección se dará información sobre el intervalo de medición, independientemente de si se trata de sistemas de medición lineales o no lineales, incluido el límite de detección y se describirá cómo se establecieron el intervalo y el límite de detección.

Esta información incluirá una descripción del tipo y el número de muestras, el número de réplicas y la preparación de las muestras, con información sobre la matriz, los niveles de analito y cómo se establecieron. En su caso, se describirá cualquier efecto de gancho a altas dosis y se presentarán datos explicativos de la mitigación, como añadir etapas de dilución.

6.1.2.6. Definición del valor de corte del ensayo

En esta sección se proporcionará un resumen de los datos analíticos y una descripción del diseño del estudio, incluidos los métodos para determinar el valor de corte del ensayo, como:

a) población de estudio: demografía, selección, criterios de inclusión y exclusión, número de personas incluidas;

b) método o modo de caracterización de las muestras, y

c) métodos estadísticos, como la característica operativa del receptor para generar resultados y, en su caso, determinar zonas dudosas o equívocas.

6.1.3. El informe del funcionamiento analítico mencionado en el anexo XIII

6.2. Información sobre el funcionamiento clínico y las pruebas clínicas. Informe de evaluación del funcionamiento

La documentación deberá contener el informe de evaluación del funcionamiento, que incluye el informe de validez científica, el informe del funcionamiento analítico y el informe del funcionamiento clínico, mencionados en el anexo XIII, junto con una evaluación de dichos informes.

Se adjuntarán los documentos de estudio del funcionamiento clínico mencionados en el anexo XIII, sección 2, parte A, o se incluirá su referencia completa en la documentación técnica.

6.3. Estabilidad (excepto la estabilidad de las muestras)

En esta sección se presentarán la vida útil declarada y estudios de la estabilidad durante el uso y durante el transporte.

6.3.1. Vida útil declarada

En esta sección se presentará información sobre estudios de la estabilidad que respalden la vida útil declarada para el producto. Se someterán a ensayo, al menos, tres lotes diferentes fabricados en condiciones esencialmente equivalentes a las habituales de producción. Los tres lotes no tienen que ser necesariamente consecutivos. Los estudios acelerados o los datos extrapolados de otros en tiempo real son aceptables para las declaraciones iniciales de vida útil, pero después habrá que realizar estudios de estabilidad en tiempo real.

En dicha información se incluirá:

a) el informe del estudio, incluidos el protocolo, el número de lotes, los criterios de aceptación y los intervalos de ensayo;

b) si se han realizado estudios acelerados anticipando otros en tiempo real, una descripción de la metodología utilizada en ellos;

c) las conclusiones y la vida útil declarada.

6.3.2. Estabilidad durante el uso

En esta sección se presentará información sobre estudios de estabilidad en condiciones de uso de un lote que refleje el uso rutinario del producto, independientemente de si es real o simulado. Se podrá incluir la estabilidad del contenido de un vial una vez abierto y/o la estabilidad dentro de un analizador automático.

En caso de que se declare la estabilidad de la calibración de instrumentos automatizados, se adjuntarán datos justificativos.

En dicha información se incluirá:

a) el informe del estudio, incluidos el protocolo, los criterios de aceptación y los intervalos de ensayo;

b) las conclusiones y la estabilidad declarada en condiciones de uso.

6.3.3. Estabilidad durante el transporte

Se presentarán aquí estudios de estabilidad durante el transporte realizados con un lote para evaluar la tolerancia de los productos a las condiciones de transporte previstas.

Los estudios del transporte pueden realizarse en condiciones reales o simuladas e incluirán condiciones diferentes de transporte, como el calor extremo y el frío extremo.

En dicha información se incluirá:

a) el informe del estudio, incluidos el protocolo y los criterios de aceptación;

b) el método utilizado para simular las condiciones;

c) la conclusión y las condiciones de transporte recomendadas.

6.4. Verificación y validación de los programas informáticos

La documentación demostrará que se ha validado el uso de los programas informáticos, tal como se usan en el producto final. Dicha información contendrá un resumen de los resultados de todas las verificaciones, validaciones y ensayos efectuados a nivel interno y aplicables en entorno de uso real antes del visto bueno final. Tendrá asimismo en cuenta las diversas configuraciones del soporte físico informático y, en su caso, los sistemas operativos mencionados en el etiquetado.

6.5. Información adicional requerida en casos específicos

a) En el caso de productos introducidos en el mercado en condiciones estériles o para los que se indique que tienen un estado microbiológico especial, una descripción de las condiciones ambientales para las fases de fabricación pertinentes. En el caso de productos introducidos en el mercado en condiciones estériles, una descripción de los métodos utilizados, incluidos los informes de validación, en lo que respecta al embalaje, la esterilización y el mantenimiento de la esterilidad. El informe de validación se referirá a los ensayos relativos a la carga biológica, la ausencia de pirógenos y, en su caso, los residuos de agentes esterilizantes.

b) Cuando los productos contengan tejidos, células y sustancias de origen animal, humano o microbiano, información sobre su origen y las condiciones en que se recogió ese material.

c) En el caso de productos introducidos en el mercado con una función de medición, una descripción de los métodos utilizados para garantizar la exactitud, como se indica en las especificaciones.

d) Si el producto ha de conectarse a otros equipos para poder funcionar con arreglo a su finalidad prevista, una descripción de la combinación resultante, con la prueba de que es conforme con los requisitos generales de seguridad y funcionamiento indicados en el anexo I una vez conectado con cualquiera de esos equipos atendiendo a las características indicadas por el fabricante.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 05-05-2017 en vigor desde 25-05-2017