Anexo 11 Condiciones higiénico-sanitarias, de bienestar animal y ordenación zootécnica de las explotaciones ganaderas
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»ANEXO 11. Distancias de los asentamientos apícolas a otros elementos
Vigente
Distancias de los asentamientos apícolas a otros elementos
DISTANCIAS RESPECTO A: | DISTANCIA A RESPETAR |
1.-Establecimientos colectivos de carácter público y centros urbanos, núcleos de población. | 400 metros. |
2.-Viviendas rurales e instalaciones ganaderas. | 100 metros. |
3.-Carreteras nacionales. | 200 metros. |
4.-Carreteras comarcales. | 100 metros. |
5.-Resto de carreteras y caminos vecinales. | 25 metros. |
6.-Pistas forestales. | 10 metros. |
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 26-04-2019 en vigor desde 27-04-2019