Anexo 1 Protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la ex...o durante el trabajo
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Anexo 1 Protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición al amianto durante el trabajo

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ANEXO I

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Recomendaciones prácticas para el control clínico de los trabajadores indicadas en el artículo 18, apartado 2, párrafo segundo

1. En el estado actual de conocimientos, la exposición a fibras de amianto puede provocar, como mínimo, las enfermedades siguientes:

- asbestosis,

- mesotelioma,

- cáncer de pulmón,

- cáncer gastrointestinal,

- cáncer de laringe,

- cáncer de ovario,

- enfermedades pleurales no malignas.

2. El médico o la autoridad responsable del control médico de los trabajadores expuestos al amianto deben conocer las condiciones o las circunstancias a las que está expuesto cada trabajador.

3. Los exámenes de la salud de los trabajadores deberán efectuarse de acuerdo con los principios y prácticas de la medicina del trabajo. Dichos exámenes deberán incluir por lo menos las siguientes medidas:

- establecimiento del historial médico y profesional del trabajador,

- entrevista personal,

- examen clínico general y en particular del tórax,

- pruebas de la función respiratoria (espirometría y curva flujo-volumen).

El médico o la autoridad responsable de la vigilancia de la salud deberá decidir, a la luz de los conocimientos más recientes en el ámbito de la medicina del trabajo, sobre la conveniencia de realizar otros exámenes, como citologías de esputos, radiografías de tórax o una tomodensitometría.