Anexo 1 Principio de prudencia financiera aplicable a operaciones de endeudamiento y derivados de CC.AA. y EE.LL.
ANEXO 1. Tipos de interés fijos y diferenciales del coste de financiación del Estado a efectos de cumplimiento del apartado tercero de la Resolución de 4 de julio de 2017 de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera
Datos recogidos el 4 de junio de 2024
Vida media de la operación (meses) | Tipo fijo anual máximo (puntos porcentuales) | Diferencial máximo sobre euríbor 12 meses (puntos básicos) | Diferencial máximo sobre euríbor 6 meses (puntos básicos) | Diferencial máximo sobre euríbor 3 meses (puntos básicos) | Diferencial máximo sobre euríbor 1 mes (puntos básicos) |
1 | 3,63 | 5 | |||
2 | 3,59 | 1 | |||
3 | 3,51 | -16 | -8 | ||
4 | 3,47 | -20 | -12 | ||
5 | 3,37 | -30 | -21 | ||
6 | 3,40 | -36 | -28 | -19 | |
7 | 3,47 | -29 | -21 | -12 | |
8 | 3,46 | -27 | -19 | -10 | |
9 | 3,45 | -23 | -15 | -7 | |
10 | 3,43 | -23 | -15 | -6 | |
11 | 3,42 | -22 | -14 | -6 | |
12 | 3,43 | -24 | -20 | -12 | -3 |
13 | 3,39 | -24 | -20 | -12 | -3 |
14 | 3,34 | -25 | -20 | -12 | -4 |
15 | 3,31 | -26 | -21 | -13 | -5 |
16 | 3,27 | -27 | -22 | -14 | -6 |
17 | 3,23 | -28 | -23 | -15 | -7 |
18 | 3,21 | -28 | -23 | -15 | -7 |
19 | 3,19 | -28 | -22 | -14 | -6 |
20 | 3,18 | -27 | -22 | -14 | -6 |
21 | 3,17 | -26 | -20 | -12 | -4 |
22 | 3,17 | -23 | -17 | -9 | -2 |
23 | 3,18 | -21 | -15 | -7 | 1 |
24 | 3,19 | -18 | -12 | -4 | 4 |
36 | 3,07 | -11 | -2 | 5 | 12 |
48 | 2,98 | -8 | 2 | 8 | 15 |
60 | 3,00 | 1 | 12 | 18 | 24 |
72 | 3,00 | 4 | 16 | 22 | 28 |
84 | 3,04 | 11 | 24 | 29 | 34 |
96 | 3,10 | 18 | 32 | 36 | 40 |
108 | 3,19 | 27 | 41 | 45 | 49 |
120 | 3,29 | 35 | 51 | 53 | 57 |
132 | 3,34 | 39 | 56 | 58 | 60 |
144 | 3,39 | 43 | 60 | 61 | 63 |
156 | 3,47 | 50 | 68 | 68 | 70 |
168 | 3,54 | 56 | 75 | 74 | 75 |
180 | 3,59 | 61 | 80 | 78 | 78 |
192 | 3,61 | 64 | 84 | 81 | 81 |
204 | 3,63 | 68 | 87 | 84 | 83 |
216 | 3,64 | 70 | 90 | 86 | 85 |
228 | 3,71 | 78 | 98 | 94 | 92 |
240 | 3,71 | 80 | 100 | 95 | 93 |
252 | 3,71 | 82 | 102 | 97 | 95 |
264 | 3,73 | 85 | 106 | 100 | 97 |
276 | 3,74 | 89 | 109 | 103 | 100 |
288 | 3,75 | 93 | 113 | 107 | 103 |
300 | 3,76 | 95 | 115 | 109 | 105 |
312 | 3,75 | 96 | 117 | 110 | 106 |
324 | 3,77 | 100 | 121 | 114 | 109 |
336 | 3,80 | 106 | 126 | 119 | 114 |
348 | 3,84 | 112 | 132 | 125 | 120 |
360 | 3,88 | 118 | 138 | 131 | 126 |
La base utilizada para el cálculo del tipo fijo anual máximo contenido en la tabla superior es la base Actual/Actual. En el caso de utilizarse una base distinta de la anterior deberá hacerse el oportuno ajuste.
En aquellas operaciones a tipo fijo con plazo de devengo de intereses distinto al año, el tipo fijo máximo deberá calcularse como el tipo equivalente al tipo fijo anual para el periodo de devengo considerado.
Los tipos de interés fijos y diferenciales máximos aplicables para operaciones cuya vida media exacta no se encuentre publicada en la presente tabla se hallarán por interpolación lineal entre los dos tipos o diferenciales más cercanos al plazo medio de la operación.
Sobre estos tipos de interés fijos o diferenciales sobre euríbor, se podrán aplicar los diferenciales máximos contenidos en el anexo 3 de la resolución de 4 de julio de 2017 de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.
En el caso de las operaciones de endeudamiento no instrumentadas en valores con tipo de interés variable, si el coste total máximo al que se refiere el apartado tercero de la citada resolución fuera menor al valor del euríbor tomado como referencia, dichas operaciones podrán formalizarse a un tipo de interés menor o igual al euríbor de referencia más 20 puntos básicos. Las operaciones de endeudamiento que se acojan a esta alternativa deberán ser operaciones cancelables en cualquier momento desde su formalización y no podrán contener comisiones de cancelación.
- Modificación realizada (Anexo 1) por Resolución de 7 de junio de 2024, de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, por la que se actualiza el Anexo 1 incluido en la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.
(BOE de 11-06-2024) en vigor desde 11-06-2024 - Modificación realizada (Anexo 1) por Resolución de 8 de mayo de 2024, de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, por la que se actualiza el Anexo 1 incluido en la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.
(BOE de 10-05-2024) en vigor desde 10-05-2024 - Modificación realizada (Anexo 1) por Resolución de 4 de abril de 2024, de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, por la que se actualiza el Anexo 1 incluido en la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.
(BOE de 09-04-2024) en vigor desde 09-04-2024 - Modificación realizada (Anexo 1) por Resolución de 5 de marzo de 2024, de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, por la que se actualiza el Anexo 1 incluido en la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.
(BOE de 08-03-2024) en vigor desde 08-03-2024 - Modificación realizada (Anexo I) por Resolución de 6 de febrero de 2024, de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, por la que se actualiza el Anexo 1 incluido en la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.
(BOE de 07-02-2024) en vigor desde 07-02-2024 - Modificación realizada (Anexo 1) por Resolución de 8 de enero de 2024, de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, por la que se actualiza el Anexo 1 incluido en la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.
(BOE de 13-01-2024) en vigor desde 13-01-2024 - Modificación realizada (Anexo 1) por Resolución de 5 de diciembre de 2023, de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, por la que se actualiza el Anexo 1 incluido en la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.
(BOE de 12-12-2023) en vigor desde 12-12-2023 - Modificación realizada (Anexo 1) por Resolución de 8 de noviembre de 2023, de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, por la que se actualiza el Anexo 1 incluido en la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.
(BOE de 09-11-2023) en vigor desde 09-11-2023 - Modificación realizada (Anexo 1) por Resolución de 4 de octubre de 2023, de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, por la que se actualiza el Anexo 1 incluido en la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.
(BOE de 06-10-2023) en vigor desde 06-10-2023 - Modificación realizada (Anexo 1) por Resolución de 8 de septiembre de 2023, de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, por la que se actualiza el Anexo 1 incluido en la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.
(BOE de 12-09-2023) en vigor desde 12-09-2023 - Modificación realizada (Anexo 1) por Resolución de 3 de agosto de 2023, de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, por la que se actualiza el Anexo 1 incluido en la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.
(BOE de 07-08-2023) en vigor desde 07-08-2023 - Modificación realizada (Anexo 1) por Resolución de 5 de julio de 2023, de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, por la que se actualiza el Anexo 1 incluido en la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.
(BOE de 07-07-2023) en vigor desde 07-07-2023 - Modificación realizada (Anexo 1) por Resolución de 6 de junio de 2023, de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, por la que se actualiza el Anexo 1 incluido en la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.
(BOE de 08-06-2023) en vigor desde 08-06-2023 - Modificación realizada (Anexo 1) por Resolución de 5 de mayo de 2023, de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, por la que se actualiza el Anexo 1 incluido en la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.
(BOE de 09-05-2023) en vigor desde 09-05-2023 - Modificación realizada (Anexo 1) por Resolución de 3 de abril de 2023, de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, por la que se actualiza el Anexo 1 incluido en la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.
(BOE de 05-04-2023) en vigor desde 05-04-2023 - Modificación realizada (Anexo 1) por Resolución de 2 de marzo de 2023, de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, por la que se actualiza el anexo 1 incluido en la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.
(BOE de 03-03-2023) en vigor desde 03-03-2023 - Modificación realizada (Anexo 1) por Resolución de 10 de febrero de 2023, de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, por la que se actualiza el anexo 1 incluido en la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.
(BOE de 15-02-2023) en vigor desde 15-02-2023 - Modificación realizada (Anexo 1) por Resolución de 9 de enero de 2023, de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, por la que se actualiza el Anexo 1 incluido en la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.
(BOE de 11-01-2023) en vigor desde 11-01-2023 - Modificación realizada (Anexo 1) por Resolución de 22 de diciembre de 2022, de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, por la que se modifica la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.
(BOE de 23-12-2022) en vigor desde 24-12-2022 - Modificación realizada (Anexo 1) por Resolución de 22 de diciembre de 2022, de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, por la que se actualiza el Anexo 1 incluido en la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.
(BOE de 23-12-2022) en vigor desde 23-12-2022 - Modificación realizada (Anexo 1) por Resolución de 9 de diciembre de 2022, de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, por la que se actualiza el Anexo 1 incluido en la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.
(BOE de 10-12-2022) en vigor desde 10-12-2022 - Modificación realizada (Anexo 1 (se actualiza)) por Resolución de 8 de noviembre de 2022, de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, por la que se actualiza el Anexo 1 incluido en la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.
(BOE de 09-11-2022) en vigor desde 09-11-2022 - Modificación realizada (Anexo 1 (se actualiza)) por Resolución de 6 de octubre de 2022, de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, por la que se actualiza el Anexo 1 incluido en la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.
(BOE de 08-10-2022) en vigor desde 08-10-2022 - Modificación realizada (Anexo 1 (se actualiza)) por Resolución de 6 de septiembre de 2022, de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, por la que se actualiza el Anexo 1 incluido en la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.
(BOE de 09-09-2022) en vigor desde 09-09-2022 - Modificación realizada (ANEXO 1) por Resolución de 4 de agosto de 2022, de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, por la que se actualiza el Anexo 1 incluido en la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.
(BOE de 06-08-2022) en vigor desde 06-08-2022 - Modificación realizada (Anexo 1) por Resolución de 5 de julio de 2022, de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, por la que se actualiza el Anexo 1 de la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.
(BOE de 07-07-2022) en vigor desde 07-07-2022 - Modificación realizada (Anexo 1) por Resolución de 6 de junio de 2022, de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, por la que se actualiza el Anexo 1 de la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.
(BOE de 07-06-2022) en vigor desde 07-06-2022 - Modificación realizada (Anexo 1) por Resolución de 5 de mayo de 2022, de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, por la que se actualiza el Anexo 1 de la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.
(BOE de 07-05-2022) en vigor desde 07-05-2022 - Modificación realizada (Anexo 1) por Resolución de 5 de abril de 2022, de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, por la que se actualiza el Anexo 1 de la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.
(BOE de 06-04-2022) en vigor desde 06-04-2022 - Modificación realizada (Anexo 1) por Resolución de 3 de marzo de 2022, de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, por la que se actualiza el Anexo 1 de la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.
(BOE de 05-03-2022) en vigor desde 05-03-2022 - Modificación realizada (Anexo 1) por Resolución de 3 de febrero de 2022, de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, por la que se actualiza el Anexo 1 incluido en la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.
(BOE de 04-02-2022) en vigor desde 04-02-2022 - Modificación realizada (Anexo 1) por Resolución de 2 de diciembre de 2021, de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, por la que se actualiza el Anexo 1 incluido en la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.
(BOE de 04-12-2021) en vigor desde 04-12-2021 - Modificación realizada (Anexo 1) por Resolución de 4 de noviembre de 2021, de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, por la que se actualiza el Anexo 1 incluido en la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.
(BOE de 05-11-2021) en vigor desde 05-11-2021 - Modificación realizada (Anexo 1) por Resolución de 5 de octubre de 2021, de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, por la que se actualiza el Anexo 1 incluido en la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.
(BOE de 07-10-2021) en vigor desde 07-10-2021 - Modificación realizada (Anexo 1) por Resolución de 3 de septiembre de 2021, de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, por la que se actualiza el Anexo 1 incluido en la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.
(BOE de 04-09-2021) en vigor desde 04-09-2021 - Modificación realizada (Anexo 1) por Resolución de 4 de agosto de 2021, de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, por la que se actualiza el Anexo 1 incluido en la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.
(BOE de 06-08-2021) en vigor desde 06-08-2021 - Modificación realizada (Anexo 1) por Resolución de 2 de julio de 2021, de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, por la que se actualiza el Anexo 1 incluido en la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.
(BOE de 06-07-2021) en vigor desde 06-07-2021 - Modificación realizada (Anexo 1) por Resolución de 2 de junio de 2021, de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, por la que se actualiza el Anexo 1 incluido en la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.
(BOE de 04-06-2021) en vigor desde 04-06-2021 - Modificación realizada (Anexo 1) por Resolución de 4 de mayo de 2021, de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, por la que se actualiza el Anexo 1 incluido en la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.
(BOE de 06-05-2021) en vigor desde 06-05-2021 - Modificación realizada (Anexo 1) por Resolución de 6 de abril de 2021, de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, por la que se actualiza el Anexo 1 de la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.
(BOE de 09-04-2021) en vigor desde 09-04-2021 - Modificación realizada (Anexo 1) por Resolución de 4 de marzo de 2021, de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, por la que se actualiza el Anexo 1 de la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.
(BOE de 05-03-2021) en vigor desde 05-03-2021 - Modificación realizada (Anexo 1) por Resolución de 2 de febrero de 2021, de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, por la que se actualiza el Anexo 1 incluido en la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.
(BOE de 05-02-2021) en vigor desde 05-02-2021 - Modificación realizada (Anexo 1) por Resolución de 5 de enero de 2021, de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, por la que se actualiza el Anexo de la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.
(BOE de 08-01-2021) en vigor desde 08-01-2021 - Modificación realizada (Anexo 1) por Resolución de 4 de enero de 2022, de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, por la que se actualiza el Anexo 1 incluido en la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.
(BOE de 06-01-2022) en vigor desde 06-01-2021 - Modificación realizada (Anexo 1) por Resolución de 3 de diciembre de 2020, de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, por la que se actualiza el Anexo 1 de la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.
(BOE de 05-12-2020) en vigor desde 05-12-2020 - Modificación realizada (Anexo 1) por Resolución de 4 de noviembre de 2020, de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, por la que se actualiza el Anexo 1 de la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.
(BOE de 06-11-2020) en vigor desde 06-11-2020 - Modificación realizada (Anexo 1) por Resolución de 2 de octubre de 2020, de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, por la que se actualiza el Anexo 1 de la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.
(BOE de 06-10-2020) en vigor desde 06-10-2020 - Modificación realizada (Anexo 1) por Resolución de 3 de septiembre de 2020, de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, por la que se actualiza el Anexo 1 incluido en la Resolución de 4 de julio de 2017 de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.
(BOE de 05-09-2020) en vigor desde 05-09-2020 - Modificación realizada (Anexo 1) por Resolución de 4 de agosto de 2020, de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, por la que se actualiza el Anexo 1 incluido en la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.
(BOE de 05-08-2020) en vigor desde 05-08-2020 - Modificación realizada (Anexo 1) por Resolución de 3 de julio de 2020, de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, por la que se actualiza el Anexo 1 incluido en la Resolución de 4 de julio de 2017 de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.
(BOE de 04-07-2020) en vigor desde 04-07-2020 - Modificación realizada (Anexo 1) por Resolución de 2 de junio de 2020, de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, por la que se actualiza el Anexo 1 incluido en la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.
(BOE de 04-06-2020) en vigor desde 04-06-2020 - Modificación realizada (Anexo 1) por Resolución de 7 de mayo de 2020, de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, por la que se actualiza el Anexo 1 incluido en la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.
(BOE de 08-05-2020) en vigor desde 08-05-2020 - Modificación realizada (Anexo 1) por Resolución de 3 de abril de 2020, de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, por la que se actualiza el Anexo 1 incluido en la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.
(BOE de 04-04-2020) en vigor desde 04-04-2020 - Modificación realizada (Anexo 1) por Resolución de 4 de marzo de 2020, de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, por la que se actualiza el Anexo 1 incluido en la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.
(BOE de 05-03-2020) en vigor desde 05-03-2020 - Modificación realizada (Anexo 1) por Resolución de 5 de febrero de 2020, de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, por la que se actualiza el Anexo 1 incluido en la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.
(BOE de 07-02-2020) en vigor desde 07-02-2020 - Modificación realizada (Anexo 1) por Resolución de 9 de enero de 2020, de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, por la que se actualiza el Anexo 1 incluido en la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.
(BOE de 10-01-2020) en vigor desde 10-01-2020 - Modificación realizada (Anexo I) por Resolución de 3 de diciembre de 2019, de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, por la que se actualiza el anexo 1 incluido en la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.
(BOE de 06-12-2019) en vigor desde 06-12-2019 - Modificación realizada (Anexo I) por Resolución de 6 de noviembre de 2019, de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, por la que se actualiza el anexo 1 incluido en la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.
(BOE de 11-11-2019) en vigor desde 11-11-2019 - Modificación realizada (Anexo I) por Resolución de 7 de octubre de 2019, de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, por la que se actualiza el anexo 1 incluido en la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.
(BOE de 09-10-2019) en vigor desde 09-10-2019 - Modificación realizada (Anexo I (se actualiza)) por Resolución de 4 de septiembre de 2019, de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, por la que se actualiza el anexo 1 incluido en la Resolución de 4 de julio de 2017, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.
(BOE de 06-09-2019) en vigor desde 06-09-2019 - Modificación realizada (Anexo I (se actualiza tabla)) por Resolución de 2 de agosto de 2019, de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, por la que se actualiza el Anexo 1 incluido en la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.
(BOE de 06-08-2019) en vigor desde 06-08-2019 - Modificación realizada (Anexo I (se actualiza)) por Resolución de 9 de julio de 2019, de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, por la que se modifica y actualiza el Anexo 1 incluido en la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.
(BOE de 10-07-2019) en vigor desde 09-07-2019 - Modificación realizada (Anexo 1 (se actualiza)) por Resolución de 6 de junio de 2019, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se actualiza el anexo 1 incluido en la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.
(BOE de 08-06-2019) en vigor desde 08-06-2019 - Modificación realizada (Anexo 1 (se actualiza)) por Resolución de 8 de mayo de 2019, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se actualiza el Anexo 1 incluido en la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.
(BOE de 10-05-2019) en vigor desde 11-05-2019 - Modificación realizada (Anexo 1 (se actualiza)) por Resolución de 8 de abril de 2019, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se actualiza el anexo 1 incluido en la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.
(BOE de 11-04-2019) en vigor desde 12-04-2019 - Modificación realizada (Anexo 1) por Resolución de 8 de marzo de 2019, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se actualiza el anexo 1 incluido en la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.
(BOE de 12-03-2019) en vigor desde 12-03-2019 - Modificación realizada (Anexo 1) por Resolución de 6 de febrero de 2019, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se actualiza el anexo 1 incluido en la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.
(BOE de 08-02-2019) en vigor desde 08-02-2019 - Modificación realizada (Anexo 1) por Resolución de 8 de enero de 2019, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se actualiza el anexo 1 incluido en la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.
(BOE de 10-01-2019) en vigor desde 10-01-2019 - Modificación realizada (Anexo 1) por Resolución de 4 de diciembre de 2018, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se actualiza el anexo 1 incluido en la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.
(BOE de 08-12-2018) en vigor desde 08-12-2018 - Modificación realizada (Anexo 1) por Resolución de 7 de noviembre de 2018, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se actualiza el anexo 1 incluido en la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.
(BOE de 09-11-2018) en vigor desde 09-11-2018 - Modificación realizada (Anexo 1) por Resolución de 4 de octubre de 2018, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se actualiza el Anexo 1 incluido en la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.
(BOE de 06-10-2018) en vigor desde 06-10-2018 - Modificación realizada (Anexo 1) por Resolución de 6 de septiembre de 2018, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se actualiza el anexo 1 incluido en la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.
(BOE de 08-09-2018) en vigor desde 08-09-2018 - Modificación realizada (Anexo 1) por Resolución de 2 de agosto de 2018, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se actualiza el anexo 1 incluido en la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.
(BOE de 04-08-2018) en vigor desde 04-08-2018 - Modificación realizada (Anexo 1) por Resolución de 5 de julio de 2018 de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se actualiza el anexo 1 incluido en la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.
(BOE de 06-07-2018) en vigor desde 06-07-2018 - Modificación realizada (Anexo 1) por Resolución de 5 de junio de 2018, de la Dirección General del Tesoro, por la que se actualiza el Anexo 1 incluido en la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.
(BOE de 06-06-2018) en vigor desde 06-06-2018 - Modificación realizada (Anexo 1) por Resolución de 4 de abril de 2018, de la Dirección General del Tesoro, por la que se actualiza el anexo 1 incluido en la Resolución de 4 de julio de 2017 de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.
(BOE de 05-04-2018) en vigor desde 05-04-2018 - Modificación realizada (Anexo 1 (se actualiza)) por Resolución de 5 de marzo de 2018, de la Dirección General del Tesoro, por la que se actualiza el anexo 1 incluido en la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.
(BOE de 06-03-2018) en vigor desde 06-03-2018 - Modificación realizada (Anexo 1 (se actualiza)) por Resolución de 2 de febrero de 2018, de la Dirección General del Tesoro, por la que se actualiza el anexo 1 incluido en la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.
(BOE de 03-02-2018) en vigor desde 03-02-2018 - Modificación realizada (Anexo 1 (se actualiza)) por Resolución de 8 de enero de 2018, de la Dirección General del Tesoro, por la que se actualiza el anexo 1 incluido en la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.
(BOE de 09-01-2018) en vigor desde 09-01-2018 - Modificación realizada (Anexo 1 (se actualiza)) por Resolución de 5 de diciembre de 2017, de la Dirección General del Tesoro, por la que se actualiza el anexo 1 incluido en la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.
(BOE de 06-12-2017) en vigor desde 06-12-2017 - Modificación realizada (Anexo 1 (se actualiza)) por Resolución de 6 de noviembre de 2017, de la Dirección General del Tesoro, por la que se actualiza el anexo 1 incluido en la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.
(BOE de 07-11-2017) en vigor desde 07-11-2017 - Modificación realizada (Anexo 1 (se actualiza)) por Resolución de 5 de octubre de 2017, de la Dirección General del Tesoro, por la que se actualiza el anexo 1 incluido en la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.
(BOE de 07-10-2017) en vigor desde 07-10-2017 - Modificación realizada (Anexo 1) por Resolución de 4 de septiembre de 2017, de la Dirección General del Tesoro, por la que se actualiza el anexo 1 incluido en la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.
(BOE de 07-09-2017) en vigor desde 07-09-2017 - Artículo modificado por Resolución de 22 de agosto de 2017, de la Dirección General del Tesoro, por la que se actualiza el anexo 1 incluido en la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.
(BOE de 24-08-2017) en vigor desde 24-08-2017