Anexo 1 Prevención y calidad ambiental

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ANEXO I. PLANES Y PROGRAMAS SUJETOS A EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA

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Se entenderá que tienen efectos significativos sobre el medio ambiente aquellos planes y programas que tengan cabida en alguna de las siguientes categorías:

GRUPO 1. PLANES QUE SUPONGAN ORDENACIÓN DEL TERRITORIO URBANO O RURAL O UTILIZACIÓN DEL SUELO.

Los siguientes instrumentos de ordenación territorial y urbanística siempre que establezcan el marco para la futura autorización de proyectos legalmente sometidos a evaluación de impacto ambiental ordinaria o lo requieran de conformidad con la normativa reguladora de la Red Ecológica Europea Natura 2000, regulada en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.

a. Instrumentos de ordenación del territorio:

1. Directrices de ordenación territorial.

2. Planes territoriales.

b. Instrumentos de ordenación urbanística:

1. Planes generales municipales y normas subsidiarias de planeamiento.

2. Planes parciales de ordenación que desarrollen planeamiento general que no hayan sido objeto de evaluación ambiental.

3. Planes especiales de ordenación que desarrollen planeamiento general que no hayan sido objeto de evaluación ambiental o planes especiales industriales de municipios que carezcan de planeamiento urbanístico general.

GRUPO 2. OTROS PLANES Y PROGRAMAS.

a. Los planes y programas que establezcan el marco para la futura autorización de proyectos legalmente sometidos a evaluación de impacto ambiental ordinaria en las siguientes materias: agricultura, ganadería, silvicultura, acuicultura, pesca, energía, minería, industria, transporte, gestión de residuos, gestión de recursos hídricos, telecomunicaciones y turismo.

b. Los planes y programas que requieran una evaluación conforme a la normativa relativa a la Red Ecológica Europea Natura 2000, regulada en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.

c. Las modificaciones de planes y programas, inicialmente no sometidas a evaluación ambiental estratégica, que establezcan el marco para la autorización de proyectos sometidos a evaluación de impacto ambiental ordinaria en las materias que se recogen en los apartados anteriores.