Anexo 1 Presupuestos Gene...e Asturias

Anexo 1 Presupuestos Generales para 2022 de Asturias

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ANEXO I

Vigente

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Créditos ampliables

Se consideran ampliables, de acuerdo con lo establecido en el apartado c) del artículo 6:

1. En la sección 11 «Consejería de Presidencia», el crédito 11.02.141B.489.055 «A colegios profesionales por asistencia jurídica gratuita», en el importe preciso para hacer frente a las obligaciones que pudieran surgir por encima de la consignación inicialmente prevista.

2. En la sección 12 «Consejería de Hacienda», el crédito 12.04.632E.820.006 «Préstamos y anticipos a corto plazo. A entidades locales», hasta el límite constituido por la diferencia entre el saldo de la cuenta corriente asociada al programa presupuestario y los créditos inicialmente presupuestados.

3. En la sección 12 «Consejería de Hacienda», el crédito 12.04.632E.822.006 «Préstamos y anticipos a largo plazo. A entidades locales», hasta el límite constituido por la diferencia entre el saldo de la cuenta corriente asociada al programa presupuestario y los créditos inicialmente presupuestados.

4. En la sección 14 «Consejería de Educación», el crédito 14.02.422A.462.013 «Programa de educación infantil de 0 a 3 años», en el importe preciso para hacer frente a las obligaciones que pudieran surgir por encima de la consignación inicialmente prevista.

5. En la sección 16 «Consejería de Derechos Sociales y Bienestar», el crédito 16.04.313A.484.082 «Prestaciones para personas dependientes», en el importe preciso para hacer frente a las obligaciones que pudieran surgir por encima de la consignación inicialmente prevista.

6. En la sección 16 «Consejería de Derechos Sociales y Bienestar», el crédito 16.04.313A.227.014 «Ayuda a Domicilio y Teleasistencia», en el importe preciso para hacer frente a las obligaciones que pudieran surgir por encima de la consignación inicialmente prevista.

7. En la sección 16 «Consejería de Derechos Sociales y Bienestar», el crédito 16.04.313A.484.051 «Para salario social», en el importe preciso para hacer frente a las obligaciones que pudieran surgir por encima de la consignación inicialmente prevista.

8. En la sección 17 «Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial», el crédito 17.05.443F.483.005 «Indemnización daños ocasionados por fauna salvaje», en el importe preciso para hacer frente a las obligaciones que pudieran surgir por encima de la consignación inicialmente prevista.

9. En la sección 17 «Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial», el crédito 17.02.712F.773.006 «Ayudas al sacrificio de ganado en campañas», en el importe preciso para hacer frente a las obligaciones que pudieran surgir por encima de la consignación inicialmente prevista.

10. En la sección 17 «Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial», el crédito 17.03.712C.773.004 «Primas de seguros, intereses y otras ayudas al sector», en el importe preciso para hacer frente a las obligaciones que superen la consignación inicialmente prevista.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-2021 en vigor desde 01-01-2022