Anexo 1 Figura del consumidor vulnerable de energía eléctrica
ANEXO I. Límite de energía en cada periodo de facturación sobre la que se aplicará el descuento en el término de facturación de energía del PVPC del consumidor acogido al bono social
1. Para cada periodo de facturación, el límite máximo de energía al que hace referencia el artículo 6 al que será aplicado el descuento sobre el término de facturación de energía del PVPC, calculado conforme a lo dispuesto en el artículo 8 del Real Decreto 216/2014, de 28 de marzo, que resulte de aplicación al consumidor acogido al bono social, dependiendo de la situación de la unidad familiar a la que pertenezca, se calculará de acuerdo con los siguiente:
a) El comercializador de referencia prorrateará la energía anual máxima recogida en la tabla del apartado 2 entre el número de días que conformen el período de facturación.
b) A la cantidad de energía obtenida según el apartado anterior para el periodo de facturación, se añadirá la energía no consumida con derecho a descuento de los periodos de facturación correspondientes a los doce meses completos anteriores.
2. En la factura se informará de forma separada el consumo facturado con derecho a descuento y el consumo que excede del límite, y que por tanto no será objeto de descuento en factura.
Categorías | Límites máximos al consumo - kWh | |||
Demandante individual / Unidad de convivencia formada por dos personas. | 1.587 | |||
Unidad de convivencia formada por tres personas / Pensionistas (cuantía mínima) / Unidad de convivencia formada por dos personas siendo una de ellas un menor. | 2.222 | |||
Unidad de convivencia formada por cuatro personas / Unidad de convivencia formada por tres personas siendo dos de ellas menores. | 2.698 | |||
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- Modificación realizada (Anexo I (apdo.2 tabla)) por Real Decreto-ley 18/2022, de 18 de octubre, por el que se aprueban medidas de refuerzo de la protección de los consumidores de energía y de contribución a la reducción del consumo de gas natural en aplicación del «Plan + seguridad para tu energía (+SE)», así como medidas en materia de retribuciones del personal al servicio del sector público y de protección de las personas trabajadoras agrarias eventuales afectadas por la sequía.
(BOE de 19-10-2022) en vigor desde 20-10-2022 - Artículo modificado por Real Decreto-ley 15/2018, de 5 de octubre, de medidas urgentes para la transición energética y la protección de los consumidores.
(BOE de 06-10-2018) en vigor desde 07-10-2018