Anexo 1 Actualización sep.... y EE.LL.

Anexo 1 Actualización sep. 2023 de la Resolución de 4 de Jul de 2017, que define el principio de prudencia financiera aplicable a operaciones de endeudamiento y derivados de CC.AA. y EE.LL.

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

ANEXO 1

Vigente

Tiempo de lectura: 7 min

Tiempo de lectura: 7 min


Tipos de interés fijos y diferenciales del coste de financiación del Estado a efectos de cumplimiento del apartado tercero de la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera

Datos recogidos el 5 de septiembre de 2023

Vida media de la operación

(Meses)

Tipo fijo anual máximo

(Puntos porcentuales)

Diferencial máximo sobre euríbor doce meses

(Puntos básicos)

Diferencial máximo sobre euríbor seis meses

(Puntos básicos)

Diferencial máximo sobre euríbor tres meses

(Puntos básicos)

Diferencial máximo sobre euríbor un mes

(Puntos básicos)

1

3,52

-27

2

3,55

-24

3

3,53

-33

-26

4

3,58

-29

-21

5

3,60

-27

-19

6

3,68

-28

-20

-12

7

3,69

-31

-23

-15

8

3,70

-31

-23

-15

9

3,68

-34

-25

-17

10

3,68

-32

-24

-16

11

3,66

-34

-25

-18

12

3,69

-44

-29

-20

-13

13

3,64

-47

-32

-23

-16

14

3,58

-49

-35

-26

-18

15

3,56

-49

-34

-25

-18

16

3,53

-48

-33

-25

-17

17

3,51

-47

-33

-24

-17

18

3,49

-46

-32

-23

-16

19

3,48

-44

-30

-22

-15

20

3,46

-43

-29

-21

-13

21

3,46

-41

-28

-19

-12

22

3,43

-42

-28

-20

-13

23

3,40

-42

-29

-20

-13

24

3,37

-42

-29

-21

-14

36

3,31

-26

-13

-5

2

48

3,27

-18

-4

4

9

60

3,29

-10

5

12

17

72

3,33

-3

14

20

24

84

3,39

3

21

27

30

96

3,45

9

29

34

36

108

3,51

13

35

39

40

120

3,62

22

45

47

48

132

3,69

27

51

52

52

144

3,74

30

54

55

54

156

3,80

36

60

60

58

168

3,89

45

70

68

66

180

3,95

51

76

74

71

192

4,00

58

82

79

76

204

4,01

60

85

81

77

216

4,01

62

87

83

78

228

4,04

67

92

87

81

240

4,10

75

100

94

88

252

4,07

75

99

93

87

264

4,07

78

102

96

90

276

4,09

82

106

100

93

288

4,10

87

110

104

97

300

4,12

91

115

108

100

312

4,11

93

116

109

102

324

4,10

95

118

111

103

336

4,14

101

124

117

109

348

4,19

108

131

123

115

360

4,18

110

132

125

116

La base utilizada para el cálculo del tipo fijo anual máximo contenido en la tabla superior es la base Actual/Actual. En el caso de utilizarse una base distinta de la anterior deberá hacerse el oportuno ajuste.

En aquellas operaciones a tipo fijo con plazo de devengo de intereses distinto al año, el tipo fijo máximo deberá calcularse como el tipo equivalente al tipo fijo anual para el periodo de devengo considerado.

Los tipos de interés fijos y diferenciales máximos aplicables para operaciones cuya vida media exacta no se encuentre publicada en la presente tabla se hallarán por interpolación lineal entre los dos tipos o diferenciales más cercanos al plazo medio de la operación.

Sobre estos tipos de interés fijos o diferenciales sobre euríbor, se podrán aplicar los diferenciales máximos contenidos en el anexo 3 de la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.

En el caso de las operaciones de endeudamiento no instrumentadas en valores con tipo de interés variable, si el coste total máximo al que se refiere el apartado tercero de la citada resolución fuera menor al valor del euríbor tomado como referencia, dichas operaciones podrán formalizarse a un tipo de interés menor o igual al euríbor de referencia más 20 puntos básicos. Las operaciones de endeudamiento que se acojan a esta alternativa deberán ser operaciones cancelables en cualquier momento desde su formalización y no podrán contener comisiones de cancelación.