Anejo 2 Reglamento de desarrollo de la Ley de actividades con incidencia ambiental
ANEJO II. Instalaciones y actividades que precisan informe del departamento u organismo competente en salud pública
Se consideran instalaciones y actividades que presentan riesgos para la salud de las personas y que precisan informe preceptivo y vinculante del Departamento u organismos competente con competencias en salud pública, las siguientes:
a) Todas las instalaciones de almacenamiento, distribución y/o aplicación de productos biocidas, exceptuando los que realizan este tipo de actividades exclusivamente con biocidas de uso autorizado para el público en general.
b) Construcción de nuevos cementerios o ampliación de los existentes.
c) Establecimientos no sanitarios en los que se realicen prácticas de tatuaje y/o piercing.
d) Centros sanitarios con internamiento y centros socio-sanitarios residenciales.
e) Cualquier otra actividad que precise autorización ambiental integrada, unificada o licencia de actividad clasificada que cuente con los siguientes equipos o instalaciones:
- Clubes de fumadores.
- Uso recreativo del agua.
- Agua destinada a consumo humano no procedente de una red de abastecimiento público.
- Las siguientes instalaciones de riesgo para la propagación de la Legionela, de acuerdo con la legislación vigente en materia de legionelosis:
* Torres de refrigeración y condensadores evaporativos.
* Sistemas de agua climatizada con agitación constante y recirculación a través de chorros de alta velocidad o la inyección de aire.
* Centrales humidificadoras industriales.
* Cualquier instalación de riesgo de legionelosis ubicada en centros sanitarios con internamiento y en los centros socio-sanitarios residenciales.
* Sistemas de agua caliente sanitaria de "edificios prioritarios" que son grandes edificios o locales no domésticos, distintos a las viviendas, con un elevado número de usuarios que pueden verse expuestos a riesgos relacionados con el agua, en particular grandes locales de uso públicos según la normativa de aguas de consumo.
- Reutilización de aguas depuradas (aguas regeneradas) y/o el reciclado de aguas en la propia actividad.
Código del anuncio: F2204702
- Texto Original. Publicado el 09-05-2022 en vigor desde 10-05-2022