Agrupacion 73 Tarifas e i...cia Fiscal

Agrupacion 73 Tarifas e instrucción del Impuesto sobre Actividades Económicas o Licencia Fiscal

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Agrupación 73. Transporte marítimo y por vías navegables interiores

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Grupo 731. Transporte marítimo internacional (excepto de crudos y gases).

- Epígrafe 731.1. Transporte marítimo internacional de pasajeros.

Cuota nacional de:

Por cada buque y plaza del pasaje que tengan señalados los mismos: 520 pesetas [3,125263 euros].

- Epígrafe 731.2. Transporte marítimo internacional de mercancías.

Cuota nacional de:

Por cada buque y tonelada de arqueo, hasta un límite de 2.500 toneladas de arqueo: 80 pesetas [0,480810 euros].

Nota común al Grupo 731: Cuando en un mismo barco se realice el transporte mixto de viajeros y mercancías se tributará independientemente por cada actividad, deduciendo de la capacidad total de transporte de mercancías la correspondiente al equipaje que reglamentariamente se asigne a cada una de las plazas de que conste la embarcación.

Grupo 732. Transporte marítimo de crudos y gases.

Cuota nacional de:

Por cada buque y tonelada de arqueo, hasta un límite de 2.500 toneladas de arqueo: 80 pesetas [0,480810 euros].

Nota al Grupo 732: Este grupo comprende el transporte marítimo en largas travesías de cabotaje o por vías navegables interiores, de productos petrolíferos y gases licuados.

A efectos meramente informativos, el sujeto pasivo declarará las actividades concretas que ejerce según la clasificación contenida en los siguientes epígrafes:

- Epígrafe 732.1. Transporte marítimo internacional de productos petrolíferos y gases.

- Epígrafe 732.2. Transporte de cabotaje de productos petrolíferos y gases.

- Epígrafe 732.3. Transporte por vías navegables interiores de productos petrolíferos y gases.

Grupo 733. Transporte de cabotaje y por vías navegables interiores (excepto de crudos y gases).

- Epígrafe 733.1. Transporte de cabotaje y por vías navegables interiores, de viajeros.

Cuota nacional de:

Por cada buque y plaza del pasaje que tengan señalados los mismos: 520 pesetas [3,125263 euros].

- Epígrafe 733.2. Transporte de cabotaje y por vías navegables interiores de mercancías.

Cuota nacional de:

Por cada barcaza, barco o balsa: 156.000 pesetas [937,578883 euros].

Notas comunes a los Epígrafes 733.1 y 733.2:

1ª. Cuando en un mismo barco se realice el transporte mixto de viajeros y de mercancías se tributará independientemente por cada actividad.

2ª. Las embarcaciones señaladas en el epígrafe 733.3 no tributarán por los epígrafes 733.1 y 733.2

- Epígrafe 733.3. Servicios de transbordadores, ferry-boats y análogos.

Cuota nacional de:

Por cada embarcación y Tm. de arqueo: 180 pesetas [1,081822 euros].

Nota común al Grupo 733: Este grupo comprende el transporte de cabotaje y por vías navegables interiores (ríos, lagos, canales, etc.) de viajeros, mercancías o transporte mixto, en líneas regulares o en régimen discrecional.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 10-06-1996 en vigor desde 28-10-1996